Bilbao - La Audiencia Nacional ha atendido a su petición debido a la grave “situación familiar” que atraviesa. El abogado Jon Enparantza, que fue detenido y enviado a prisión en enero de 2014 tras seer acusado de ser uno de los cabecillas del frente de makos siendo correa de trasmisión entre el EPPK y la organización terrorista, abandonó ayer la prisión de Segovia por “razones estrictamente humanitarias”. Sin embargo antes tuvo que abonar una fianza de 25.000 euros. Así lo había estimado la jueza Carmen Lamela en una orden emitida ayer.
Según explica un auto al que tuvo acceso Europa Press, la esposa de Enparantza se encuentra ingresada en un hospital aquejada de una importante enfermedad y no cuenta con familiares cercanos que puedan hacerse cargo de sus cinco hijos, tres de ellos menores de 10 años. La juez Lamela tomó la decisión en consonancia con el criterio de la Fiscalía que aseguraba que en este caso concreto existen “razones estrictamente humanitarias” y que el caso afectaba a numerosas personas que no tienen “capacidad de subsistencia independiente”. Tanto es así que el Ministerio Público precisaba en su escrito que la familia del letrado se encuentra en la actualidad desperdigada en diversos domicilios y que no existen abuelos o tíos en condiciones de cuidarlos. Sin embargo la magistrada prohibirá a Enparantza abandonar el territorio estatal, para lo que le ha ordenado entregar su pasaporte. También deberá presentarse semanalmente en los juzgados o dependencias policiales más cercanas a su casa.
Enparantza, que desde que fuera ingresado en prisión ha denunciado en numerosas ocasiones la situación de aislamiento padecida en las prisiones de de Segovia y Navalcarnero, fue detenido en enero de 2014 junto a la también abogada Arantza Zulueta, Aitziber Sagarminaga y Egoitz López de la Calle y los expresos Miren Aitzane Orkoaga Etxaniz, José Miguel Almandoz Erviti, Asier Aranguren Urroz y José Luis Campo Barandiarán Uribarri. Entonces era el juez Javier Gómez Bermúdez quien dirigía el Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional. Consideró que todos eran miembros de KT (Koordinadora Taldea), formado por personas vinculadas al EPPK y les acusó de ejercer como la correa de transmisión entre ETA y sus cárceles. - DNA