barcelona - El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) aprecia indicios de que el presidente de la Generalitat, Artur Mas, pudo incurrir en un delito de desobediencia al no acatar la orden del Tribunal Constitucional (TC) que suspendía cautelarmente la consulta alternativa soberanista del 9-N. Así lo expone la sala civil y penal del Alto Tribunal catalán en varios autos notificados ayer, en los que razona su decisión, acordada el pasado 22 de diciembre, de admitir a trámite las querellas y denuncias por el 9-N e investigar a Mas y a las consejeras Joana Ortega e Irene Rigau por presunta desobediencia al Constitucional.
En el auto en el que se admite a trámite la querella de la Fiscalía, el TSJC sostiene que existen indicios de que la suspensión “concreta y determinada” de la consulta alternativa ordenada por el Constitucional el 4 de noviembre “no fue presuntamente acatada por los querellados”, ya que continuaron con la preparación “por la vía de hecho” hasta llevar a cabo las votaciones en edificios públicos, de lo que se responsabilizó públicamente el propio Mas.
Al seguir adelante con la consulta, el TSJC entiende que Mas, Ortega y Rigau “privaron aparentemente de eficacia” el contenido de la suspensión cautelar ordenada por el Constitucional antes de que el tribunal se pudiera pronunciar definitivamente en sentencia sobre el fondo del asunto, “con los subsiguientes efectos irreversibles que con dichas conductas se causaron”.
De esta forma, el alto tribunal catalán concluye que Mas, Ortega y Rigau pudieron haber incurrido presuntamente en un delito de desobediencia a resoluciones judiciales cometido por autoridad pública y, en su caso, en función del resultado de la investigación que se lleve a cabo, de prevaricación y malversación de caudales públicos.
consulta alternativa En los autos, el alto tribunal catalán razona que “es público y notorio” que Mas renunció a realizar la consulta soberanista inicialmente prevista ante la suspensión ordenada por el TC el 29 de septiembre.
No obstante, el TSJC recuerda que, una vez que Mas convirtió la consulta inicial en un proceso de participación ciudadana, el Gobierno del PP formuló una nueva impugnación ante el Constitucional, que el 4 de noviembre suspendió cautelarmente la votación soberanista de forma “concreta y determinada”.
El TSJC ve indicios de que la orden “expresa” del TC “no fue presuntamente acatada por los querellados”, que siguieron con la preparación de la consulta, la publicidad institucional hasta llevar a cabo las votaciones el 9N en edificios públicos.
En este sentido, el alto tribunal catalán subraya que, según consta en la querella de la Fiscalía, el presidente catalán “se responsabilizó públicamente” por la celebración del 9-N.
Por este motivo, el TSJC acuerda agrupar las siete querellas y las 25 denuncias interpuestas por el 9-N en un sólo procedimiento abierto a Mas, Ortega y Rigau por los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos. Quedan fuera del proceso los consejeros de Presidencia, Francesc Homs, y de Interior, Ramon Espadaler.
El TSJC circunscribe la investigación a la supuesta desobediencia de la suspensión ordenada por el TC el 4 de noviembre, ya que entiende que ni el anuncio de la convocatoria de la consulta -en diciembre de 2013-, ni la publicación de la Ley de consultas , ni el Decreto de la convocatoria de la consulta son actos administrativos ilegales por desobediencia. - Efe
Manos Limpias manda. La querella de Manos Limpias será la que aglutinará al resto por ser la más antigua de las presentadas.
Sin cargos. El alto tribunal catalán expone que los Mossos d’Esquadra cumplieron el 9-N con “los deberes propios a su cargo”, por lo que no ve indicios de delito en la actuación del consejero. Tampoco en los miembros de la Mesa del Parlament de Catalunya, como pedía UPyD.