MADRID. En un auto, el magistrado de la Audiencia Nacional, que accede así a varias de las diligencias que le había reclamado UPyD y a las que se había opuesto la Fiscalía Anticorrupción, reclama a la banca de inversión que asesoró a Bankia en su estreno bursátil que le informe de cualquier abono que efectuara a Rato una vez abandonó Lazard para presidir Caja Madrid.

Además, el juez se dirige a Hacienda para que le especifique si tanto la entidad como el ex vicepresidente del Gobierno declararon ese pago y todos los que se pudieran producir con posterioridad.

En el escrito en el que se oponía a todas estas diligencias por considerarlas "excesivas" e "innecesarias", Anticorrupción sí se mostró partidaria de que la Agencia Tributaria informase sobre si la trasferencia, que ascendía a un total de 6.199.308 euros y que llegó a una cuenta radicada en un paraíso fiscal, fue declarada.

Rato lo justificó en que se trataba de "unos derechos sobre acciones que tenían un vencimiento" en 2011, el mismo año en que Bankia debutó en bolsa

Asimismo, el magistrado requiere al Banco de España que le desvele si tuvo conocimiento de que el exbanquero fue nombrado miembro del consejo asesor del banco turco Angbank y si ello pudo vulnerar la ley o las obligaciones estatutarias o contractuales.

También accede a reclamar a Willis Ibérica los contratos y servicios prestados como agente para la póliza de seguros de la Oferta Pública de Valores por parte de Bankia, así como otros trabajos realizados para el grupo y Caja Madrid desde enero de 2010 hasta mayo de 2012.

Por el contrario, rechaza imputar al presidente de Lazard en España, Jaime Castellanos, por falso testimonio, tal y como pidió UPyD, al considerar que esa solicitud no es "procesalmente correcta" y no sería competencia de la Audiencia Nacional.

No obstante, mantiene que si a lo largo de la investigación se "desvelasen indicios de la comisión de dicho delito", obrará en consecuencia y remitirá "los particulares necesarios para depurar las responsabilidades que en derecho procedan".

Tampoco pedirá los correos electrónicos que Rato envió desde su cuenta de Lazard en 2009, y también los que cruzó con Castellanos desde que tomó las riendas de Caja Madrid en enero de 2010 hasta su salida de Bankia en mayo de 2012.

"Y ello por cuanto esta intromisión en la esfera personal del querellado" y en su derecho a la intimidad "debe estar debidamente justificada, y asentarse sobre la base de la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la misma, base que en el presente caso no se aprecia, pues no se viene a justificar", concluye el juez.