cronología
16-2-2006. El grupo socialista exige al Govern balear aclarar el destino de 1,2 millones de euros abonados al Instituto Nóos para organizar un encuentro internacional sobre turismo y deporte.
20-6-2010. El juez José Castro abre una pieza relativa al Instituto Nóos, dentro del proceso por presunta corrupción conocido como caso Palma Arena.
12-12-2011. Urdangarin, apartado de las actividades oficiales.
29-12-2011. Urdangarin, imputado por presuntos delitos en la actividad de Nóos.
25-2-2012. En su primera declaración, Urdangarin se desvincula de la gestión del Instituto y exculpa a la infanta.
21-01-2013. La Fiscalía imputa a Urdangarin y a Torres por un presunto fraude fiscal.
26-1-2013. La Casa Real retira de su web las referencias a Urdangarin.
29-1-2013. El juez imputa al secretario de las infantas, Carlos García Revenga.
30-1-2013. El juez fija una fianza de casi 8,2 millones para Urdangarin y Torres.
19-3-2013. José Manuel Romero, conde de Fontao y asesor de la Casa Real, reconoce que pidió a Urdangarin que no hiciera negocios valiéndose de su condición de miembro de la Familia Real.
3-4-2013. La infanta Cristina es imputada al considerar el juez que pudo consentir que su parentesco con el rey fuera utilizado por Iñaki Urdangarin y su socio.
5-4-2013. Anticorrupción recurre la imputación de la infanta y el juez suspende provisionalmente su declaración ante la Justicia.
11-4-2013. La Abogacía del Estado se opone a la imputación de la infanta y se adhiere al recurso de la Fiscalía.
13-5-2013. La Audiencia de Palma deja sin efecto la citación como imputada de la infanta.
17-5-2013. La Abogacía del Estado no aprecia delito fiscal por parte de la infanta.
24-5-2013. El juez pide a la Agencia Tributaria que investigue supuestas irregularidades por parte de la infanta.
14-11-2013. La Fiscalía se opone a la imputación de la infanta por entender que solo hay “conjeturas o sospechas”.
7-1-2014. El juez Castro imputa a la infanta.
15-1-2014. El fiscal Horrach acusa al juez Castro de apoyarse en una “teoría conspiratoria” para imputar a la infanta.
8-2-2014. Ante el juez, la infanta Cristina se desentiende de la gestión de Aizoon y dice que confiaba plenamente en su marido.
18-6-2014. Castro pide a la Agencia Tributaria que aclare si Urdangarin pudo cometer delito fiscal en el IRPF de 2007 y 2008.
Palma de Mallorca- Ajeno a las presiones que ha tenido que soportar durante los cuatro años de instrucción del sumario y frente la pertinaz oposición del Ministerio Público -desde el fiscal Horrach a su superior jerárquico, el fiscal general del Estado, Torres Dulce- el juez Castro ha decidido que la infanta Cristina deberá sentarse en el banquillo de los acusados para dar cuenta de dos delitos contra Hacienda y otro de blanqueo de capitales cometidos en el marco del entramado financiero que su marido, Iñaki Urdangarin, dirigió en el Instituto Nóos.
Además de los duques de Palma, el juez mantiene la imputación de otras 14 personas -entre ellas Jaume Matas, expresidente balear- por supuesta malversación, prevaricación, falsedad, estafa, fraude a la Administración y a Hacienda y blanqueo.
El juez abre así la vía para que la duquesa de Palma acabe siendo juzgada, pero se trata de una resolución contra la que cabe interponer tanto recurso de reforma -ante el propio juzgado- como de apelación -directamente ante la Audiencia Provincial de Baleares-, una posibilidad que la defensa de la infanta y la fiscalía ya han anunciado que utilizarán al entender que no hay fundamentos para la imputación de la hermana pequeña del rey.
Para el juez instructor, sin embargo, hay “sobrados indicios” de que la infanta intervino en la presunta trama corrupta “lucrándose en propio beneficio” y “facilitando los medios para que lo hiciera su marido” mediante una “colaboración silenciosa”.
Fraude a Hacienda
Castro sitúa a la empresa Aizoon, compartida al 50% por el matrimonio Urdangarin, en el centro de la causa, al afirmar que se creó para servir de cauce para el reparto de beneficios obtenidos ilícitamente por el Instituto Nóos, facturar a través de ella hipotéticos servicios profesionales prestados por Urdangarin a varias empresas y así no declararlos en el IRPF, participar en el giro de facturaciones cruzadas de la trama y hacer uso de incentivos fiscales. En el auto el magistrado recuerda además que el notario que constituyó Aizoon dijo que se creó para “tener un escudo frente a Hacienda”.
En concreto, Castro considera que la duquesa participó en la defraudación de hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF correspondientes a los años 2007 y 2008, al facturar Urdangarin a través de la sociedad de la que ambos son propietarios, Aizoon, las retribuciones que cobró de entidades privadas por su condición de consejero asesor. Todo ello con el objetivo de tributar menos en su declaración de la renta, como confirmaron los informes de la Agencia Tributaria y de la propia Fiscalía. Castro considera Aizoon como una sociedad pantalla de la que se valió el esposo de Urdangarin para cobrar las asesorías como si de rendimientos profesionales se tratara y no de servicios personales. Es más, Aizoon era una de las empresas ficticias que integraban el entramado societario dirigido a desviar los fondos obtenidos por parte del Instituto Nóos de las Administraciones públicas.
El magistrado analiza los costes de los eventos que organizaron las entidades que presidieron Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres, que a través del Instituto Nóos y su heredera, la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social, percibieron 4.551.013 euros de fondos públicos que no se han justificado de los 6 millones que llegaron a ingresar.
En cuanto al delito de blanqueo, el magistrado apunta a que Cristina, como socia de Aizoon, se benefició de los ingresos presuntamente ilícitos al destinar el dinero que su sociedad percibió de Nóos a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con el conocimiento de su origen delictivo. En el peor de los escenarios, la infanta podría ser condenada a 16 años de cárcel.
Los silencios de la infanta
No menos importante para la decisión final del juez fue la actitud que mantuvo la infanta Cristina durante su declaración del pasado 8 de febrero, que según el instructor, “se aproximó en la práctica más al ejercicio del derecho a no prestar declaración que al de hacerlo”. Castro recuerda que citó a la infanta como imputada al apreciar “elementos incriminatorios” de su participación en la comisión de presuntos delitos que “quedaron a expensas de que pudieran ser desvirtuados” por la declaración judicial de Cristina o por alguna otra diligencia. “Ya no es que las preguntas que se le formularon fueran fácilmente adivinables, sino que una gran parte de las que se le llegaron a formular le debían resultar previamente conocidas” en base a los indicios que constaban en el auto por el que la Infanta fue imputada.
El juez asegura que es legítima la postura de Cristina de alegar olvido e ignorancia, derivar la responsabilidad hacia terceras personas y manifestar “desconocimiento de la práctica totalidad de las preguntas que se le formularon” pero eso le incapacita como instructor para “desvalorizar los indicios incriminatorios que determinaron su convocatoria”. Castro concluye que “la actuación de Cristina de Borbón y Grecia viene marcada por indicios de criminalidad que debieran descartarse o confirmarse en juicio”.
En el auto por el que da el primer paso para que la infanta se siente en el banquillo, el juez compara el papel representado por la mujer de Iñaki Urdangarin con la del exsocio de éste, Diego Torres, al aseverar que “en las más de las veces” parecían ser “simples comisionadas que obedientemente cumplían su cometido” sin previamente disipar las dudas sobre la legalidad o no de su actuación.