- La Fiscalía de la Audiencia Nacional no tiene previsto recurrir ante el Tribunal Supremo la absolución de 40 acusados de pertenecer a la organización juvenil ilegalizada Segi, que se enfrentaban a penas de entre seis y doce años de cárcel por integración en organización terrorista, informaron fuentes del Ministerio Público. Estas fuentes precisaron que, aunque la Fiscalía no está al cien por cien de acuerdo con la resolución, considera que no existe margen para recurrir la decisión. El tribunal de la Audiencia Nacional consideró que los acusados no pertenecían a Segi sino a la plataforma Gazte Independentistak, que no está vinculada a ETA y a la que no se relaciona con actos de violencia callejera.

La resolución de la Audiencia Nacional precisaba que "no ha quedado acreditada la pertenencia a Segi" de los acusados y añadía que ninguno de ellos realizó "aportaciones materiales y concretas a las acciones criminales" de esta organización. La sentencia especificaba que los 40 actuaban bajo la cobertura de otra plataforma independentista, en la que desarrollaban "actos de contenido político" pero no violento. El fallo anulaba, además, las declaraciones autoinculpatorias prestadas por los acusados y apuntaba que sólo las declaraciones realizadas "libre, voluntaria y espontáneamente pueden ser tenidas en cuenta para obtener elementos incriminatorios".

Por otro lado, los abogados de los 40 jóvenes absueltos valoraron que el fallo de la Audiencia Nacional "marca un importante contrapunto en la tesis del todo es ETA" y supone "un impulso en el camino del reconocimiento de la tortura" durante las detenciones incomunicadas. Destacaron que se haya decidido prescindir de las declaraciones obtenidas mientras permanecieron incomunicados. A su juicio, se ha puesto "luz y taquígrafos" sobre "el agujero negro" que supone la incomunicación.

Sobre este mismo asunto, el magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Giménez dijo ayer en Bilbao estar "totalmente de acuerdo en que las autoinculpaciones en sede policial no se pueden aceptar como prueba de cargo suficiente para condenar". - DNA