La manifestación de ciertas asociaciones de víctimas en Madrid, la secuencia de incidentes repetidos tras las excarcelaciones de presos de ETA en aplicación de la sentencia del TEDH sobre la doctrina Parot y el debate desarrollado en el Parlamento vasco y en la sociedad vasca y española pone de nuevo encima de la mesa el margen de maniobra (jurídico y político) que el gobierno Rajoy puede tener en cuanto a la adopción de medidas penintenciarias que afecten al colectivo de presos de ETA.
Una muestra más de esa orientación política basada en el binomio punitivo-vengativo, más orientada al populismo reaccionario que a la justicia, se aprecia en la ocurrencia de UPyD, rápidamente acepatada y secundada por el PP, de eliminar la prestación o subsidio legalmente previsto para los presos que salen en libertad y que reunan los requisitos establecidos en la legislación sobre seguridad social. Pretender condicionar el cobro de esa prestación al cumplimiento de unas condiciones específicas solo a los presos de ETA es inconstitucional por discriminatorio. Si se desea eliminar a todo el colectivo de presos que tras cumplir condena salgan en libertad que lo hagan, pero lo que es inviable legalmente es limitar esa prestación solo a determinado colectivo de presos.
El dolor, la impotencia, el duro recuerdo, las sensaciones grabadas en el corazón y en la mente de tantas y tantas víctimas merecen el respeto, la empatía y la comprensión. Pero no puede ser la base sobre la que sustentar la política como instrumento para la convivencia. Se puede explicar el porqué de la reacción visceral que conduce al exabrupto, al insulto fruto de la impotencia y la rabia, pero esa actitud no puede ni debe ser justificada o amparada políticamente. Eso mismo exigiamos y exigimos una gran mayoría de la sociedad vasca a quienes con su silencio cómodo y a veces cómplice abonaban el terreno para la barbarie de ETA.
Y en este duro contexto, que expone con toda su crudeza las derivadas vitales y sociales de tantos años de terrorismo y de infames episodios de terrorismo y de violencia del Estado, ETA, todavía no disuelta, se empeña en ponerles las cosas difíciles a unos y a otros. Continúa estigmatizando y expulsando de su colectivo a internos de la organización que cumplen condena en Nanclares, miembros "demonizados" simplemente por haber expuesto su convicción acerca del daño causado con el recurso a la violencia.
Todo lo que rodea al mundo de las prisiones acaba, como casi siempre, colonizado por lo emocional y lo irracional: para unos ese mundo, y los presos, representan el tótem, el símbolo de años de "lucha armada" (eufemismo pseudorevolucionario que reemplaza al de "empleo de la violencia para fines políticos"); para otros prima en toda consideración sobre ellos el deseo de venganza punitiva y sancionadora. Sobre una y otra orientación debe prevalecer el concepto de justicia, porque la justicia y las garantías de derechos constitucionales están vigentes para todos, incluidos, por supuesto, los presos de ETA.
Demasidadas veces se habla (y no tantas se aplica) del principio de que las leyes y normas jurídicas deben ser interpretadas conforme a la realidad social del tiempo en que éstas han de ser aplicadas Esta máxima jurídica, este principio hermeneutico que debe guiar la labor de los jueces como aplicadores del Derecho ha de adquirir y mostrar toda su potencialidad en el momento social y político que se abrió tras la decisión unilateral de ETA, hace ahora dos años, de abandonar definitivamente la senda de la violencia.
Me gustaría escuchar de forma sincera un mea culpa, pero la excarcelación no queda supeditada a un acto de contricción. Pero este deseo queda en el terreno de la ética, no del Derecho. Y pocos colectivos han sido tan menospreciados, vapuleados, tan manipulados, tan cínica y populistamente tratados, tan menospreciados, tan olvidados y tan utilizados por unos y otros como el de los presos. Algun día deberá hacerse también balance sobre la inercia de una política penitenciaria basada en el castigo, en la venganza, en la provocación, en la irracionalidad punitiva, y ubicada demasiadas veces en la antítesis de un objetivo resocializador y reeducador.
Reivindicar un trato justo, sin agravios y con los mismos derechos a todos los encarcelados puede que para muchos suene a connivencia con ese mundo. Aquí tampoco pretendo intsraurar una falsa equidistancia, porque en realidad esa exigencia responde a la más pura lógica democrática de reivindicación de igualdad de trato. La obsesión punitiva o sancionadora no permite todo.
Todos debemos sumar en este contexto, al margen de empatías o desencuentros personales. Y habría que comenzar por examinar los cientos y cientos de casos de internos que continúan en prisión preventiva sin juicio, con meras acusaciones genéricas que sirven para invertir la carga de la prueba (es decir, son ellos, los acusados, los que deben demostrar que son inocentes de lo que se les acusa).
Éste es el debate técnico-jurídico ahora en juego. Ojalá comencemos a aplicar estas previsiones legales, porque también eso será síntoma de normalización y de justicia.