BILBAO. Además, se ha regulado la creación de una Comisión Operativa para evaluar los operativos policiales en que se emplean escopetas lanzadoras de pelotas y porras.

La nueva norma, que tendrá su continuidad en otra Instrucción específica para los nuevos lanzadores de 40 milímetros, pone al día la utilización de los lanzapelotas y los bastones policiales, "bajo las premisas generales de extremar la seguridad de los ciudadanos y las garantías jurídicas en el uso de este tipo de instrumentos disuasorios".

La normativa vigente hasta ahora sobre este tipo de sistemas era del año 1997 y marcaba las distancias de lanzamiento, en función de las diferentes situaciones.

Interior ha destacado que "la instrucción aprobada hoy va mucho más allá", ya que establece un listado del material objeto de regulación, como escopetas lanzadoras, cartuchos impulsores, pelotas de caucho, la bolsa portadora y el denominado 'bastón policial'.

Además, ya han comenzado a formarse los agentes para el uso de los nuevos lanzadores de pelotas de 40 milímetros, que sustituirá de manera progresiva a lo largo de este año a los actuales.

En la elaboración de la normativa, Interior ha ponderado "los principios de legalidad -con especial referencia a las normas internacionales de derechos humanos-" y la necesidad o excepcionalidad, que conllevará la limitación de esos recursos "sólo cuando no sea posible resolver las situaciones por otras vías", así como la "proporcionalidad" en relación a la intensidad de la agresión recibida.

Los agentes también deberán analizar la "idoneidad" del uso del material antidisturbios, "valorando aspectos como los posibles riesgos para terceros", y "procurar ocasionar el menor daño posible".

Se restringe así el uso de la escopeta lanzapelotas a situaciones en que "exista un riesgo para la vida o la integridad de los agentes o de terceras personas, y sólo cuando no sea posible resolver la situación por otros medios".

La instrucción recoge que los primeros disparos deberán ser salvas de aviso, sin pelota, y a una distancia mínima de 10 metros.

La intensidad de las bocachas deberá ser "suave" o "media", de manera que la posición de "fuerte" esa empleada exclusivamente para las unidades especializadas de las brigadas Móvil y de Refuerzo.

Esas dos unidades serán las únicas autorizadas a seguir utilizando los lanzapelotas a partir del 1 de enero de 2013, cuando actúen en situaciones de especial riesgo, siempre desde distancias marcadas.

La Ertzaintza ha limitado el uso de las porras de manera que su versión extensible quedará "relegada a los agentes que actúen no uniformados y que hayan recibido la formación pertinente".

El uso del bastón policial "deberá ser gradual, primándose su utilización como una extensión del brazo que sirva para acotar o para alejar a posibles agresores y sólo en determinadas circunstancia como arma para golpear". En este último caso, los golpes deberán ser siempre descendentes y evitar impactos fortuitos sobre partes vitales del cuerpo, como la cabeza.

La utilización del material antidisturbios deberá ser comunicada al Centro de Mando de la Ertzaintza y la nueva regulación delimita también el empleo de grabaciones de vídeo.

Asimismo, esa nueva norma vigente desde hoy recoge la creación de una Comisión Operativa de la Ertzaintza, como órgano interno que analizará las actuaciones policiales para detectar posibles fallos en los procedimientos.