La Junta Electoral Central ha determinado que las reuniones y concentraciones del movimiento 15 de mayo no se podrán celebrar entre las cero horas de mañana sábado, jornada de reflexión, hasta las 24 horas del domingo, fin del día de votación en los comicios autonómicos y municipales, porque son contrarias a la legislación electoral. En su resolución, el máximo organismo arbitral admite que el ejercicio de un grupo de ciudadanos del derecho fundamental de reunión debe considerarse con una "interpretación extensiva y favorable" y que "las restricciones o limitaciones deben ser especialmente relevantes y estar fundamentadas en criterios jurídicamente fundados". La Junta Electoral Central, que no juzga las concentraciones que puedan realizarse hoy, último día de campaña electoral.
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