madrid. El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso del juez Garzón contra la admisión a trámite de la querella por prevaricación que dos abogados interpusieron contra él, en relación con el dinero que percibió del Banco Santander durante su estancia en Nueva York, entre 2005 y 2006. La Sala de lo Penal del TS lo acuerda así en un auto, hecho público ayer, en el que afirma que no se ha producido indefensión al juez de la Audiencia Nacional.

El Alto Tribunal admitió a trámite la querella por prevaricación, cohecho y estafa de los abogados José Luis Mazón y Antonio Panea contra Garzón el pasado 28 de enero. En un auto tomó tal decisión para que la investigación aclare si en la entrega del dinero (302.000 dólares) "medió la consideración al hecho de tratarse de un juez de instrucción de la Audiencia Nacional o si por el contrario tal cosa puede valorarse como una mera suposición o conjetura".

Los querellantes relacionaron la percepción de 302.000 dólares por parte de Garzón con la decisión de éste de no admitir a trámite posteriormente una querella formulada contra directivos del Banco Santander, entre ellos su presidente Emilio Botín, en el proceso penal por las "cesiones de crédito". Tras ello, el abogado de Garzón, Gonzalo Martínez-Fresneda, interpuso un recurso al considerar que, entre otras cuestiones, el Supremo le ha tratado peor que a cualquier ciudadano por ser miembro del Poder Judicial. También alegó que se trataba de una "cosa juzgada", ya que ambos abogados presentaron otra querella similar ante el Supremo que fue archivada el año pasado, y solicitó la nulidad de todo lo actuado a partir de la presentación de la segunda querella "por haberse llevado a cabo una instrucción material de la causa sin permitirle defenderse a lo largo de la misma".

El TS concluye en el auto, notificado ayer, que "no se aprecia ninguna indefensión relevante, pues las actuaciones practicadas sólo afectan a una decisión de admisión a trámite que en nada condiciona la resolución sobre el fondo". Respecto a si se trata de "cosa juzgada" la resolución afirma que en el auto recurrido se establece con claridad que "la querella presentada en esta causa especial aporta un hecho nuevo, consistente en la petición personal de los fondos por parte del querellado, que no aparecía expresado en la anterior". >dna/efe