SANTANDER. En la sentencia, el titular del Juzgado, José Hoya, considera probado que Del Olmo despidió y amedrentó al directivo de la Autoridad Portuaria José Manuel del Río por haber declarado en un juicio laboral a favor de otro empleado de ese organismo público, Antonio Martínez, quien también sufrió por parte del acusado "un maltrato, una humillación y una afrenta totalmente indebida".
Además, el juez entiende que Del Olmo, que dimitió del cargo de consejero al ser acusado por la Fiscalía, actuó "con la única finalidad de asegurar el castigo y la represalia" a Del Río y "con ánimo de atentar contra el normal funcionamiento de la Administración de Justicia".
La sentencia señala que Del Olmo -presidente de la Autoridad Portuaria de Santander desde 2004 hasta 2007, cuando se incorporó al Gobierno de Cantabria- entendió que la declaración que prestó Del Río ante el Juzgado de lo Social en un procedimiento que había iniciado Martínez para reclamar su categoría laboral determinó un pronunciamiento contrario a los intereses del Puerto.
Como consecuencia de ello, el presidente del Puerto convocó al directivo a una reunión en la que "le expresó su malestar porque hubiera declarado como testigo" y por sus manifestaciones y, de acuerdo con los hechos probados en el fallo, lo amedrentó "con ánimo de castigar sus aseveraciones" y le dijo que lo iba a echar.
Unos días después, Del Río fue despedido, pero presentó una demanda ante la jurisdicción social, que declaró la nulidad de ese despido por considerarlo una "represalia".
El juez señala que Del Olmo ordenó el despido del directivo del Puerto "con total y absoluta falta de competencia", ya que el ejercicio de sus funciones administrativas no le permitía realizar ese acto, que era competencia del consejo de administración del organismo público.
"El señor Del Olmo conocía esa circunstancia y actuó de la forma descrita con la única finalidad de asegurar el castigo y la represalia al que había sometido al señor Del Río", explica el juez.
En lo que se refiere a Antonio Martínez, la sentencia señala que el acusado, como presidente del Puerto, modificó sus condiciones de trabajo al incorporarse tras serle reconocida la categoría laboral y que también ordenó que se vigilaran las páginas web que visitaba.
A raíz de esa investigación, el presidente del Puerto incoó un expediente que terminó en el despido de Martínez, aunque finalmente éste no llegó a concretarse y se sustituyó por una suspensión de un mes. De nuevo, los Juzgados de lo Social revocaron esa sanción.
El Juzgado de lo Penal recuerda que este caso parte de cuatro resoluciones dictadas previamente en el orden social en relación con estos hechos, y considera que aceptar las tesis de la defensa y absolver al acusado supondría negar lo afirmado en esa jurisdicción y podría presentar "una visión de la Administración de Justicia como propia de una casa de orates".
El juez reprueba la conducta de Del Olmo y advierte de que "es lamentable" que "servidores públicos" evidencien un concepto de la Administración "de carácter patrimonial, como si ganar unas elecciones o pertenecer al partido vencedor de éstas legitimara para conculcar los principios básicos de la actividad pública".