La admisión a trámite por el pleno del Tribunal Constitucional del recurso de inconstitucionalidad presentado por Ciudadanos contra cuatro artículos de la Ley 5/2019 de 4 de abril que modificó la Ley de Reconocimiento y Reparación de Víctimas de Vulneraciones de Derechos Humanos o Ley de Abusos Policiales del Parlamento Vasco es preciso analizarla incluso más allá de los efectos, a toda luz injustos, de una indeseada paralización de la norma. En primer lugar, el recurso presentado por Ciudadanos ignora la reforma introducida en la ley, para preservar la jurisdicción penal y evitar la inconstitucionalidad que C’s alega, tras el recurso presentado a la misma en su día por el PP en idéntico sentido; pero sobre todo ignora los derechos de las víctimas, a los que se dedica expresa y exclusivamente la norma sin pretensión de enjuiciamiento de sus victimarios, con lo que el recurso de C’s supone una diferenciación y clasificación discriminatoria entre víctimas de violencia solo en virtud del origen de esta. En segundo lugar y consecuentemente, que al hacerlo respecto a víctimas de violación de derechos humanos, el recurso de C’s incluye una revictimización y la ignorancia consciente de la gravedad de los delitos, en contraste con la consideración de otros como imprescriptibles y la resolución que de ellos sí exige. En tercer término, que por todo ello y al admitir a trámite también el nuevo recurso, el TC acepta y colabora en la conversión del alto tribunal en herramienta de la política desde la consciencia de que C’s únicamente esgrime la presunta inconstitucionalidad no con el fin de preservar la jurisdicción penal, que la ley especifica ahora en su art. 2 (“En todo caso, la acreditación a que se refiere el presente apartado no podrá desconocer lo ya resuelto por la jurisdicción penal”) y su art. 4e (“Principio de preservación de la jurisdicción penal en la investigación de las conductas que pudieran ser constitutivas de delito”) sino con el objetivo de defender su espacio político e ideológico. Y, finalmente, que la admisión a trámite supone una constatación más de la judicialización de la política, precisamente por quienes se demuestran constantemente incapaces de dotar a esta de efectividad, con el agravante de que el abuso del recurso frente a la labor del legislativo se convierte en una restricción de la representación democrática y en una limitación de la gobernabilidad.