La resistencia individual de cinco de los seis jueces de la Audiencia Nacional a aplicar la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) da la razón a quienes han venido cuestionando tanto el fondo de la misma, que limita las posibilidades para actuar contra delitos cometidos fuera del Estado español, como el modo en que esta se realizó: por la mayoría absoluta del PP y por vía express, en base a presiones externas e intereses ajenos al estricto sentido de justicia y con severas críticas a la misma de toda la oposición y la magistratura. Es ese modo de imponer cambios legislativos primando ideología e intereses -habitual en el Gobierno Rajoy- el que ha dado origen a una reforma que nadie más comparte por su desconsideración hacia principios básicos del derecho internacional y de la Constitución española y sus consecuencias en la impartición de justicia. Que el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, a pesar de su dependencia directa del Gobierno, también se haya mostrado crítico con la limitación de la justicia universal o que se haya debido liberar a 43 narcotraficantes al no poder ser juzgados hacen aún más evidente la irracionalidad de la reforma. Dicho esto, la obligación de los jueces de aplicar la ley que esgrime la vicepresidenta del Gobierno español, Soraya Sáenz de Santamaría, no se resiente por las inadecuadas características de la misma. Entre otros motivos porque la judicatura posee, en su caso, mecanismos de actuación para recurrirla. De igual modo que el Gobierno posee la responsabilidad de haber elaborado y aprobado sin consenso una reforma de estas características, compete a los jueces la de cuestionar junto a la reforma la clamorosa ausencia en esta fricción entre poderes de su órgano de gobierno, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Porque es a dicho órgano al que competía, antes de que el Gobierno aprobara la reforma y más después de su aprobación, analizarla, en su caso mostrar su disconformidad y, en consecuencia, enviarla al TC para que decidiera. Al no hacerlo por no cuestionar al Gobierno debido a sus servidumbres políticas, el CGPJ se desentiende de sus competencias e ignora el art. 96 de la Constitución, que obliga a cumplir los tratados internacionales suscritos por el Estado. Entre ellos los que, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, contemplan el principio de jurisdicción universal para determinados delitos.
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