La Dirección General de Tráfico (DGT) ha mostrado gran preocupación por las distracciones al volante, ya que constituyen una de las principales causas de accidentes de tráfico. En respuesta a esta problemática, el organismo vial ha llevado a cabo una campaña especial de vigilancia hace unas semanas, enfocada en identificar y sancionar conductas peligrosas entre los usuarios.
Esta iniciativa se ha saldado con más de 3.000 denuncias interpuestas por agentes de la Guardia Civil de Tráfico, principalmente relacionadas con el uso del teléfono móvil al volante.
Uso del teléfono móvil: la infracción más común
Durante la campaña, los agentes centraron gran parte de sus esfuerzos en detectar a conductores que manipulaban el teléfono móvil mientras conducían.
Esta infracción, que se ha convertido en una de las más recurrentes en las carreteras, conlleva un alto riesgo de accidente, ya que supone apartar la vista de la carretera durante varios segundos, aumentando el riesgo de colisiones.
Según la normativa vigente, utilizar el teléfono móvil al volante puede suponer una sanción de hasta 200 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.
Multas por comer al volante: un gesto muy frecuente
Aunque el uso del móvil fue la infracción más detectada, la DGT también ha puesto su atención en otros comportamientos que pueden distraer a los conductores. Uno de los ejemplos más destacados es el acto de comer mientras se conduce.
De acuerdo con los datos recabados, algunos conductores fueron sorprendidos comiendo al volante, lo que podría parecer una conducta inofensiva pero que, según la normativa, también puede resultar en una sanción.
La multa por comer mientras se conduce es de 80 euros. Sin embargo, si el agente de tráfico considera que esta acción pone en peligro la seguridad vial, al afectar la capacidad de reacción del conductor, la sanción puede ascender hasta los 200 euros.
Es importante destacar que este tipo de infracciones no conlleva la pérdida de puntos del carnet, y el infractor puede beneficiarse de un descuento del 50% si abona la sanción de forma anticipada.
Otras distracciones al volante que también se sancionan
La DGT recuerda que hay muchas conductas que pueden parecer insignificantes, pero que representan un riesgo considerable al volante y, por tanto, son sancionables.
Mal calzado
Por ejemplo, conducir con ropa que limite la libertad de movimiento, como chanclas, sandalias sin sujeción o prendas demasiado ajustadas, puede acarrear una multa de entre 80 y 200 euros. Estas prendas pueden dificultar el control adecuado del vehículo, especialmente en situaciones que requieren una respuesta rápida.
El uso del claxon
Otra acción sancionable es el uso indebido del claxon. Hacer sonar el claxon sin un motivo justificado puede resultar en una multa de 80 euros, una infracción que, aunque pueda parecer menor, puede generar situaciones de estrés y distracción en otros conductores.
Cuidado con el brazo
Además, sacar el brazo por la ventanilla es otra práctica común que puede derivar en sanción. Esta conducta, además de ser peligrosa, está prohibida por el reglamento de circulación y puede costar al conductor una multa de 80 euros.
Sobre la DGT
La DGT, o Dirección General de Tráfico, es una agencia del gobierno español encargada de la gestión del tráfico y la seguridad vial en las carreteras de todo el Estado. Esta agencia tiene varias responsabilidades, como la regulación de los permisos de conducción, la inspección técnica de vehículos, y la formulación de políticas de tráfico para mejorar la seguridad en las carreteras.
También se encarga de la supervisión y sanción de las infracciones de tráfico, la planificación y operación del tráfico, sobre todo durante operaciones especiales como salidas o retornos de vacaciones, y la educación vial para promover comportamientos seguros entre los conductores y otros usuarios de la vía.