La operadora Vodafone acaba de ser condenada a indemnizar con 6.000 euros a un cliente por las llamadas comerciales recibidas en horario intempestivo. Esta sentencia abre el camino para terminar con esas pesadas llamadas, a cualquier hora del día, en las que nos bombardean con insuperables ofertas en forma de gigas gratis para navegar sin límite, nuevos dispositivos móviles y hasta televisores de última generación. A partir de ahora cualquier otra Audiencia Provincial puede seguir el criterio dictado por la de Zaragoza para situaciones similares. Vodafone descarta un tercer recurso ante el Tribunal Supremo, cuyas sentencias son las que realmente sientan jurisprudencia. Alega ese Juzgado de Primera Instancia de la capital aragonesa a los “daños morales” sufridos por el cliente al recibir las llamadas sin consentimiento, entendiendo que esta acción concurre en una erosión de su derecho a la intimidad. A lo largo del proceso judicial la operadora llegó a alegar que esas comunicaciones se hacían desde números spam telefónico que no pertenecían a sus canales comerciales. Ninguno de estos argumentos ha sido admitido por el juzgado y Vodafone pone punto final al proceso sin nuevos recursos y abonando 6.000 euros. A pagar y callar.
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