El Departamento de Educación ha señalado que el cambio de centro del menor condenado por agredir sexualmente a una chica que estudia en su misma ikastola concertada de Vitoria debe ser solicitado o bien por los tutores del chaval o ser recogido en una sentencia judicial.

El pronunciamiento de Educación se produce después de que ayer tanto la familia de la víctima como el Movimiento Feminista de Vitoria le instasen a actuar para que el menor fuese cambiado de centro educativo con el fin de evitar que la niña tuviese que compartir el mismo espacio educativo el próximo curso.

La distancia mínima decretada por el juzgado dentro de la ikastola obliga a la menor a convivir con su agresor durante el curso escolar

La menor fue víctima de tocamientos el pasado año en las piscinas de Mendizorroza de la ciudad por parte de este chico, cuando ella tenía 13 años y su agresor uno más.

La familia denunció los hechos y en una reciente sentencia del Juzgado de Menores, a la que ha tenido acceso EFE, el chaval ha sido declarado culpable por una jueza de Vitoria de un delito de agresión sexual a persona menor de dieciséis años sin violencia ni intimidación ni acceso carnal.

20 metros que se quedan en 10 dentro del centro escolar

Le condena a 16 meses de libertad vigilada, a participar en un programa formativo de educación sexual e igualdad y le prohíbe comunicarse con la víctima por cualquier medio y acercarse a ella a menos de 200 metros, distancia que se reduce a 10 metros dentro del centro escolar.

Este, el de la distancia mínima decretada por el juzgado dentro de la ikastola, es el principal punto de desacuerdo de la familia con la sentencia, ya que obliga a la menor a convivir con su agresor durante el curso escolar, aunque no comparte clase con él, y a verlo prácticamente todos los días porque coinciden en espacios como en el patio de recreo.

Fuentes del Departamento de Educación han explicado a EFE que la consejería "ha realizado el seguimiento de las medidas adoptadas por el Juzgado en relación a los dos menores y ha remitido dicho seguimiento a la jueza encargada del caso".

La víctima ha recibido asistencia psicológica por "un malestar emocional muy significativo asociado a las situaciones de violencia vividas"

En todo caso, han precisado que el cambio de centro solicitado "afecta a un tercero", es decir, al menor condenado, por lo que han señalado que "deberá ser propuesto en la sentencia judicial o ser solicitado por los tutores del menor afectado".

La sentencia ha sido recurrida por la familia de la niña, que lleva estudiando en el mismo centro que su agresor todo el año, ya que los 10 metros mínimos de distancia han sido aplicados como medida cautelar antes de que se dictara la sentencia durante todo el curso que acaba de terminar.

La víctima ha recibido asistencia psicológica por parte del servicio foral de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, desde donde se ha emitido un informe en el que, según la familia, se detalla que presenta "un malestar emocional muy significativo asociado a las situaciones de violencia vividas"