- El Tribunal Supremo ha dado la razón a Kutxabank en una demanda por una hipoteca referenciada al IRPH, la primera tras el fallo del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), al entender que las entidades financieras no están obligadas a entregar un folleto informativo ni a ofrecer detalles sobre la evolución del índice.

El pasado 18 de noviembre, el TJUE volvió a respaldar la validez de las hipotecas referenciadas al IRPH y aclaró que la normativa comunitaria no obliga a las entidades financieras a incluir una “definición completa del índice de referencia que sirve para calcular un tipo de interés variable”.

Asimismo, indicó que, a efectos de transparencia, no es preciso entregar, antes del contrato, “un folleto que recoja la evolución anterior de ese índice”.