El salario mínimo interprofesional (SMI) se situará con efectos desde el 1 de septiembre de 2021 en los 32,16 euros diarios o 965 euros brutos mensuales en 14 pagas, tras el incremento del 1,57 % acordado este jueves por el Gobierno español y los sindicatos.

Estas son las principales cuestiones en torno al SMI:

1. ¿QUÉ ES EL SMI?

El SMI fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo o edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros. Se creó por decreto en 1963, si bien tras incluirse en el Estatuto de los Trabajadores, se reguló su revisión anual teniendo en cuenta el IPC, la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general.

2. ¿A QUIÉNES APLICA EL SMI?

El SMI aplica a todos los trabajadores, ya que ningún asalariado a jornada completa puede cobrar por debajo del salario mínimo general, que tiene especificidades para temporeros y empleados del hogar.

En el caso de los eventuales y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no superen los 120 días al año, el alza del 1,57 % situará el sueldo diario en los 45,69 euros (frente a los 44,99 euros de 2020).

En cuanto a los empleados del hogar que trabajan por horas (menos de 60 al mes), el incremento del SMI situará su salario mínimo en 7,55 euros por hora, frente a los 7,43 euros de este año.

3. ¿A CUÁNTAS PERSONAS BENEFICIA?

Según ha detallado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el incremento del 1,57 % del SMI afectará directamente a 1,5 millones de trabajadores, si bien suele tener un efecto al alza para los salarios inmediatamente superiores.

Si tenemos en cuenta la última encuesta anual de estructura salarial, relativa al año 2019, el 11,12 % de los afiliados a la Seguridad Social cobraban el salario mínimo, esto es, unos 1,8 millones de personas.

Sin embargo, el número de beneficiarios es muy superior teniendo en cuenta que el SMI es utilizado como mínimo de ingresos para acceder a ayudas y subsidios, como es el caso de el percibido por desempleados mayores de 45 años con cargas familiares.

4. ¿QUIÉN DECIDE EL INCREMENTO DEL SMI?

Lo decide el Gobierno, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más significativas. En esta ocasión, así como en 2020, el Gobierno ha tratado de pactar esa subida con los agentes sociales, alcanzado solo un acuerdo con la parte sindical.

5. ¿CÓMO AFECTA A LAS COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL?

La base mínima de cotización a la Seguridad Social, actualmente situada en 1.050 euros, se incrementa al mismo ritmo que el SMI, aunque en 2020 no se llegó a actualizar por la irrupción de la pandemia.

Está por ver si el Gobierno decide elevar la base mínima asumiendo la subida no realizada en 2020 (5,5 %), lo que la situaría en los 1.125,6 euros (7,2 % más).

La subida del SMI también afectará a los trabajadores autónomos, cuya cotización podría subir entre 3 y 12 euros mensuales, según los cálculos de la asociación de autónomos ATA.

6. ¿A QUÉ PARTE DEL SALARIO AFECTA LA SUBIDA?

Afecta a la retribución en dinero. El SMI debe pagarse en dinero, sin que ninguna retribución en especie pueda restarse.

Para las jornadas inferiores a 40 horas semanales se deberá calcular de forma proporcional. En el caso del salario diario, no podría incluirse la parte proporcional de los domingos y festivos.