madrid - El secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, anunció ayer que el Gobierno ha propuesto a los agentes sociales para que el cálculo de la eventual paga compensatoria o paguilla de las pensiones se realice con la media del IPC mensual de los últimos doce meses, en lugar de con el IPC de noviembre.

Este mecanismo, que sustituiría oficialmente a partir de 2020 al índice de revalorización de las pensiones actual por el cual estas suben un 0,25% mientras la Seguridad Social tenga déficit, hará que las pensiones suban conforme el IPC, pero no el dato de un mes concreto (antes del 0,25% se tomaba el IPC interanual de noviembre), sino que se tendrá en cuenta la media de los últimos 12 meses (de noviembre del año corriente sobre diciembre del año anterior).

Esta medida de actualización, según el secretario de Estado, se aplicará a partir del año que viene y tendrá que convalidarse en las Cortes.

más poder adquisitivo No obstante, este año ya se utilizará este promedio (noviembre 2018 sobre diciembre de 2017) para evitar la pérdida de poder adquisitivo de los pensionistas y compensar la diferencia de la subida de las pensiones con la subida del IPC. Según acordó el Gobierno, las pensiones este año subieron un 1,6% y las mínimas un 3%. Sin embargo, con la nueva metodología de revalorización, la media de noviembre de este año sobre diciembre del año pasado es del 1,7%, por lo que a los pensionistas se le compensará con un aumento de la pensión del 0,1% adicional, lo que tendrá un coste de unos 256 millones de euros para las arcas públicas.

“Hay dos o tres cosas claras: en primer lugar qué tenemos que hacer el año que viene, porque este año no tenemos ni norma que lo habilite ni posibilidad de contabilizar una subida, aunque sí tenemos dinero para pagarlo”, resaltó Granado. Según el secretario de Estado, la nueva fórmula de revalorización es la “más justa” como mecanismo “corrector” ante la desviación de los precios, ya que la media de los últimos doce meses y el IPC de noviembre suelen coincidir, “salvo en años en los que en octubre o noviembre se produce una errática subida o bajada de los precios”. - E.P.