Madrid - El Gobierno español no tiene claro qué hacer para intentar paliar la subida de las tarifas eléctricas y para dar más claridad y transparencia a un mercado del que la mayoría de los consumidores dice no entender nada. El 80% de los usuarios domésticos de servicios eléctricos no sabe si está acogido a la tarifa libre o a la regulada en el recibo de la luz porque la oferta se la ofrece, por ejemplo, Endesa o Iberdrola, aunque tenga un apellido distinto detrás. En esta línea de dotar de mayor transparencia al consumidor, el Ejecutivo se ha encontrado esta semana con el apoyo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que ha resuelto obligar a los grandes grupos energéticos (Iberdrola, Endesa, Viesgo, EDP y Naturgy) a modificar los nombres comerciales de sus filiales distribuidoras y comercializadoras para diferenciar de forma nítida sus actividades en el mercado libre y en el regulado, y las tarifas que ofrecen en los mismos.
El objetivo que se persigue al obligar a cambiar de nombre a las filiales de comercialización es, por un lado, no crear confusión ni en la presentación de la marca ni en la imagen de marca utilizada (no siendo suficiente con añadir, como hasta ahora, al nombre de la empresa, el apellido Distribución o Comercializadora de Referencia, si el nombre principal coincide). Y, por otro lado, para no crear confusión en la información que remitan las grandes eléctricas al cliente por los diferentes canales de comunicación.
El resultado es que los grandes grupos eléctricos van a tener que cambiar los nombres y los logotipos de varias de sus grandes filiales para no confundir a los clientes y que estos puedan diferenciar claramente en todo momento con cuál de ellas está tratando, si con la que ofrece tarifa regulada, con la de precio libre o con la distribuidora de la compañía.
El ejemplo Iberdrola Por ejemplo, en el caso de la compañía líder en el mercado vasco, Iberdrola, el cliente que tenga una tarifa de luz del mercado libre recibe la factura emitida por la sociedad Iberdrola Clientes S.A.U, en cambio el que esté acogido a la tarifa regulada PVPC, la denominada Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, recibe el recibo de la sociedad Iberdrola Comercializador de Referencia.
Para evitar esta confusión por similitud de nombres, la CNMC acaba de aprobar una resolución jurídicamente vinculante -de obligado cumplimiento- en la que da seis meses de plazo a las eléctricas para introducir los cambios necesarios para que estas confusiones no se produzcan.
Y es que buena parte de los consumidores ignoran que los grandes grupos eléctricos del Estado están integrados verticalmente y realizan tres actividades distintas: producción, distribución y comercialización. Es en estas dos últimas áreas, según denunció en 2016 la asociación de consumidores, OCU, donde se presta a la confusión porque buena parte de los usuarios ignoran que las eléctricas cuentan con sociedades filiales que se dedican a la distribución de energía (las que gestionan las redes que llevan la electricidad hasta la puerta de las casas) y otras que son comercializadoras (las que suministran la energía eléctrica directamente al cliente). Y entre estas últimas, unas se dedican a ofrecen la tarifa de la luz regulada y otras a ofertar tarifas libres.
De hecho, más de la mitad de los clientes no conoce la diferencia entre distribuidora y comercializadora, y en torno a un 80% de los usuarios no sabe si tiene contratada la tarifa regulada o una tarifa del mercado libre. Y el hecho de que las grandes eléctricas, las citadas Iberdrola, Endesa, EDF, etc utilicen el nombre del grupo para todas sus filiales no ayuda a que los clientes sepan distinguir a qué se dedican cada una de ellas.
La CNMC considera, o sospecha más bien, que los grandes grupos eléctricos se aprovechan de la primera de las confusiones para tener muchos más clientes en aquellas zonas en que se encargan de las redes de distribución (que se gestionan en régimen de virtual monopolio natural). Y, en el segundo caso, las eléctricas se estarían aprovechando para traspasar clientes de la tarifa regulada hacia las tarifas del mercado libre, que, en líneas generales, son más caras y más rentables para las compañías.
En teoría, la legislación, tanto la española como la comunitaria europea, obliga a que las compañías eléctricas no generen este tipo de confusiones con su marca, con su imagen de marca ni con la información y comunicaciones que mantienen con los clientes pero la realidad, derivada de tradiciones históricas en el mercado español, es la que es.
Más competencia Por ello, la CNMC establece ahora la guía para que las eléctricas realicen los cambios, y les permitirá presentar sus propuestas de modificaciones para que se aseguren que con ellas están cumpliendo de manera efectiva con las exigencias. Con su decisión, la CNMC obliga a las compañías a modificar la denominación social para evitar la confusión en la presentación de la marca de sociedades del mismo grupo que realicen actividades de comercialización. Con esta medida se quiere favorecer la transparencia y fomentar una mayor competencia con la esperanza de que bajen los precios.
Similitudes. Las grandes grupos eléctricos utilizan logos y denominaciones similares para su comercializadora regulada, sus comercializadora libre y su distribuidora. Según la CNMC se confunde a los consumidores.
Nombre. Da 6 meses de plazo para que cambien su marca.
80%
de los consumidores no son capaces de distinguir si están pagando el precio de la luz eléctrica con un precio regulado, conocido como PVPC, o con un precio libre.