Madrid - El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu decretó ayer la apertura de juicio oral contra el expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, y otras 31 personas por los delitos de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2010 y 2011 y fraude de inversores en el marco de la causa que investiga la salida a Bolsa de la entidad. El magistrado sienta en el banquillo igualmente a Banco Financiero y de Ahorros (BFA), Bankia y la auditora Deloitte por la inclusión de datos falsos en el folleto informativo que aprobó el Consejo de Administración del banco previo a su debut bursátil. Recuerda en su auto que a lo largo de los cinco años de instrucción de la causa se han recabado indicios racionales que demuestran que los administradores de Bankia aprobaron unas cuentas maquilladas sobre las entidades que administraban y que no reflejaban la verdadera situación.
El fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, ejerce acusación contra Rato, presidente de Bankia entre 2010 y 2012, y para el que pide cinco años de cárcel; el exvicepresidente José Luis Oliva para el que pide cuatro años; y contra los exconsejeros José Manuel Norniella y Francisco Verdú Pons, para quienes pide tres años y dos años y siete meses, respectivamente.
En su escrito de acusación tras el procesamiento del juez el pasado mes de mayo, el fiscal expuso que la excúpula de la entidad que preside Ignacio Goirigolzarri es la culpable en este procedimiento por no reflejar la imagen fiel de la entidad con el fin de obtener “a toda costa” los fondos necesarios para cubrir las exigencias de capital.
El juez considera responsables de los hechos a otros vocales, administradores y consejeros del banco -entre ellos el exministro Ángel Acebes- por “no actuar para evitar” que se remitieran los estados financieros individuales y consolidados correspondientes a los ejercicios 2010 y siguiente “con el consiguiente perjuicio, tanto para los que posteriormente suscribieron acciones de la mercantil cotizada, como para el Estado”.
El magistrado ha rechazado sobreseer la causa penal contra BFA y BANKIA como solicitaba el fiscal en tanto que el Ministerio Público se basa en la actitud colaboradora que ha mantenido la entidad durante la tramitación de la causa, circunstancias que podrían afectar “a una posible atenuación de la responsabilidad penal, pero no a declarar el sobreseimiento”.
En su auto dice que la falsa información conllevó “un resultado lesivo” para el inversor, puesto que mediante la Oferta Pública de Suscripción se produjo un perjuicio para los nuevos accionistas, quienes basaron su inversión en una información y unos datos que resultaron ser “falsos”.
Aunque el juez sobreseyó a Deloitte como persona jurídica al entender que cumplió con el sistema de control de calidad, el magistrado sienta en el banquillo a la auditora a la vista de los escritos de acusación formulados en su contra y dice que “no puede olvidarse que no se debe descartar la posibilidad de la participación, por cooperación necesaria, de las entidades auditoras que al realizar la fiscalización externa de la contabilidad, colaboran y se prestan a la formación de unas cuentas anuales o balances falseados”
“Se debe considerar dicha responsabilidad por cuanto y en su función de auditor procedió a analizar, verificar y dictaminar la corrección y veracidad de las cuentas de Bankia, que se presentaron en el folleto de emisión para su salida a Bolsa, siendo indudable que sin dicha revisión y verificación las autoridades reguladoras y supervisoras no hubieran permitido que la citada entidad bancaria operara en el parquet”, alega. - Europa Press