madrid - El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto-ley que reforma el régimen jurídico de las cooperativas de crédito, en su mayoría cajas rurales pero también cajas profesionales, con la idea de que sean más fuertes.
Con esta norma, explicó el Ministerio de Economía en un comunicado, se favorecen los procesos que contribuyan al fortalecimiento y a aumentar la resistencia de estas entidades, en concreto, mediante la constitución de los denominados Mecanismos Institucionales de Protección (MIP).
Se completó así el ciclo de las reformas del sistema financiero que se inició en 2012 y que han permitido al sector contribuir a la recuperación de la economía española, añadió el departamento que dirige Luis de Guindos.
El sector de las cooperativas de crédito supone el 6% del sistema crediticio y tiene una gran relevancia en la financiación de agentes económicos de menor tamaño del sector agrario, industrial y profesional, como pymes, autónomos o emprendedores, según destacó el Gobierno.
La norma reconoce a las cooperativas de crédito la posibilidad de constituir un Mecanismo Institucional de Protección (MIP) para la mutua autoprotección. Puede ser, reforzado o normativo.
Los MIP reforzados mutualizan al 100% los beneficios y riesgos y cuentan con una entidad cabecera que dirige prácticamente la totalidad de las decisiones del grupo, que tiene consideración de grupo consolidable, en línea con las fusiones frías de las antiguas cajas de ahorros.
Los MIP normativos, sin embargo, no tienen que mutualizar al 100% los beneficios y riesgos y se caracterizan por la constitución de un fondo de garantía privado financiado previamente por las entidades miembros del grupo que se utilizará para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de las entidades que participan en la alianza.
Se establecen incentivos para constituir estos MIP, ya que las entidades que lo integran tienen un perfil de riesgo menor al aumentar su solvencia, lo que permitirá reducir los requerimientos mínimos de pasivos capaces de absorber pérdidas a efectos de una eventual resolución y las aportaciones que las entidades integrantes de un MIP deben realizar al Fondo de Garantía de Depósitos. - Efe