BILBAO. Según ha informado la Asociación vasca de victimas del amianto, Asviamie, el fallecido, de 63 años, a quien se le reconoció una incapacidad absoluta por enfermedad profesional derivada de la exposición al amianto, trabajó como tubero en Montajes Nervión en los años 1971-1972 como subcontrata en la Refinería de Somorrostro, dos meses en 1973 como subcontrata de Iberduero en la Central Térmica Santurce contratado por Aplinsa durante 5 meses, como subcontrata de la Naval de Sestao, así como durante cuatro meses como subcontrata en los Astilleros Ruiz Velasco.

Tras investigar el origen de la enfermedad, Osalan determinó que el trabajador presentaba una "patología relacionada con el amianto" y aunque "no se daba una constatación sí se describía la probabilidad de haber sufrido una exposición al amianto".

En su sentencia, el Tribunal Superior del País Vasco rechaza los argumentos de las dos empresas recurrentes ya que "resulta irrelevante si el trabajador fallecido manipuló directamente las mantas de amianto o no, dado que éstas desprenden fibras que quedan en el aire y se inhalaban por quien, como en su caso, trabajaba junto a ellas".

Además, destaca que ninguna de las empresas ha realizado "el menor esfuerzo probatorio, más allá de meras afirmaciones de parte, para acreditar que el trabajador no estuvo expuesto al amianto en sus centros de trabajo o que cumplieran la legislación vigente". Por ello, desestima sus recursos y condena a dichas empresas al pago de los costes judiciales.

La Asociación vasca de víctimas del amianto muestra su satisfacción por esta sentencia del TSJPV que "desbarata las maniobras de grandes empresas, tratando de eludir su responsabilidad".

Igualmente considera que las empresas que "incumplieron" la legislación de Seguridad e Higiene en relación con el amianto tienen cada vez "más difícil eludir sus responsabilidades tras el reconocimiento de una enfermedad profesional".