BILBAO - La asociación de consumidores EKA/ACUV va a presentar una reclamación colectiva extrajudicial frente a los bancos afectados por las cláusulas suelo como paso previo a la presentación de las demandas, informó ayer en un comunicado tras reunir el pasado lunes a varias familias afectadas por el mecanismo que impedía bajar el interés de las hipotecas por debajo de un nivel establecido en el contrato del crédito.
La organización considera que, con la publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que reconocía el derecho a cobrar todo el dinero cobrado de más por las cláusulas suelo, han surgido “muchas dudas” sobre la manera de actuar.
Por ello, con el fin de solucionar este problema de la manera más “rápida y eficaz posible”, tiene prevista la presentación de una reclamación colectiva extrajudicial frente a todas las entidades financieras implicadas, reclamando la anulación de las cláusulas suelo y la devolución de todas las cantidades abonadas de más.
acción inmediata La presentación de dicha reclamación tendrá lugar a finales del mes de enero, por lo que animó ayer a todos los afectados a que acudan a sus oficinas para formar parte de dicha reclamación colectiva e intentar solucionar de “forma rápida y extrajudicial el problema de las cláusulas suelo, evitando tener que acudir a los Tribunales de Justicia”.
Además, EKA/ACUV recordó que el hecho de haber firmado un acuerdo o una novación del préstamo no quiere decir que no se tenga derecho a reclamar. Por ello, aconsejó a los afectados que se informen y consulten sobre las posibilidades que tienen, al igual que a los que tengan dudas sobre si les están aplicando o no la cláusula suelo.
Lo cierto es que la sentencia de la Justicia Europea está marcando ya el paso de los tribunales. En esta línea ayer se conoció que una jueza de Barcelona ha anulado por abusiva la cláusula suelo de un préstamo hipotecario del Banco Popular, al que obliga a devolver la totalidad de lo cobrado de más al cliente, amparándose en el fallo del Tribunal europeo.
En esa línea en su sentencia, la jueza señala también que “no hay constancia fehaciente” de que el banco facilitara información suficiente al cliente sobre la “existencia y trascendencia” de la cláusula suelo en el contrato hipotecario, ni tampoco que se hicieran “simulaciones de posibles escenarios” económicos. La sentencia puede ser recurrida. - DNA