BILBAO - Una empresa conservera vasca radicada en la localidad vizcaína de Galdakao ha logrado recuperar más de 220.000 euros de una inversión en forma de swap tras una resolución judicial favorable del Tribunal español.

El alto Tribunal reitera la jurisprudencia sobre la relevancia del incumplimiento del deber de informar por la entidad financiera Banco Santander interviniente en la operación, según fuentes de Ausbanc.

Una sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, de fecha 9 de diciembre de 2015, desestima el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por el Banco Santander contra las sentencias de la Audiencia Provincial de Bizkaia, Sección Cuarta, y del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Bilbao; y asimismo desestima el recurso de casación interpuesto por la entidad contra la ya reseñada sentencia de la Audiencia Provincial vizcaina.

La demanda inicial fue presentada a instancias de una conservera de Galdakao, a quien el banco le concedió un préstamo hipotecario a tipo de interés variable en 2006. Acto seguido, y a instancias de los empleados de la entidad, se firmó un swap, -un derivado financiero en el que dos partes acuerdan intercambiar los beneficios futuros de dos productos financieros-, a los efectos de paliar los riesgos de la variabilidad del tipo interés. Un año más tarde, cuando el cliente se quejó por recibir liquidaciones negativas, la entidad le propuso firmar un contrato de swap distinto que también aceptó, y de nuevo, al volver a recibir liquidaciones negativas la entidad le volvió a proponer otro swap con la misma suerte que los dos anteriores.

Cuando la empresa se decidió a interponer una demanda judicial había sufrido unas pérdidas que ascendían a 134.183 euros que le fueron reconocidas por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Bilbao junto con todas las liquidaciones trimestrales negativas más los intereses legales correspondientes más las costas procesales en sentencia de 2 de marzo de 2011. El fallo fue confirmado por la Audiencia Provincial de Bizkaia, Sección Cuarta, en sentencia de 25 de enero de 2012, y ambos fueron recurridos por el Santander. - DNA