madrid - El El Tribunal Constitucional ha aceptado el recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno Vasco presentó contra dos artículos de la Ley para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y los ha anulado porque invaden competencias autonómicas para adjudicárselas al Estado.
El Gobierno Vasco recurrió ante el tribunal de garantías contra los artículos 7 y 8.5 de la mencionada ley para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social porque consideraba que invadía las competencias de la Comunidad Autónoma Vasca.
Consideraba que la citada norma atribuye al Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal o el Instituto Social de la Marina, la capacidad en exclusiva de iniciar los procedimientos sancionadores cuando alguna de las personas beneficiarias de prestación o subsidio por desempleo, al terminar su contrato a tiempo parcial, no renueve su demanda de empleo sin causa justificada.
sin acuerdo El Ejecutivo vasco no llegó a un acuerdo a este respecto con el Gobierno español durante la negociación bilateral que mantuvieron durante seis meses sobre el texto de la norma, razón por la cual acudió al Constitucional.
El tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, le ha dado la razón al Gobierno de Iñigo Urkullu y ha dictaminado que su doctrina establece un “deslinde competencial” que le da “la potestad sancionadora” a las autonomías y excluye la del Estado sobre las infracciones y sanciones que no guarden relación con el régimen económico de la Seguridad Social. Las sanciones contempladas en los artículos recurridos, dice el TC, “no están relacionadas con la percepción de la prestación, sino que se refieren a facultades de supervisión de competencia autonómica”. - Efe