MADRID - El Tribunal Supremo ha permitido a una mujer que cultivó un olivar de su propiedad para extraer aceite destinado al consumo de su familia continuar cobrando el paro, prestación que le fue retirada cuanto el Servicio de Empleo Público y Estatal (SPPE) descubrió que realizaba esta actividad. El Alto Tribunal considera que una actividad agrícola esporádica y para autoconsumo es compatible con el subsidio de desempleo. La Sala de lo Social destaca que el paro no puede anularse por “unas labores orientadas al autoconsumo” que carecen “del menor atisbo de profesionalidad” y que pueden considerarse trabajos esporádicos de conservación “de un pequeño patrimonio agrícola”.
La afectada, vecina de Almansa (Albacete), cobraba desde febrero de 2008 el subsidio de desempleo para mayores de 52 años hasta que en el año 2011 comenzó a explotar los olivos. - Efe