MADRID. Esta medida, cuyos efectos comenzarán el 1 de enero de 2014, es una de las medidas fiscales incluidas en el anteproyecto de ley de emprendedores que el Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado y que servirá para hacer frente a los problemas de liquidez de las pymes y los autónomos, según Ferre.
La mitad de los 983 millones lo dejarán de ingresar las comunidades autónomas e, igualmente, lo recuperarán en 2015.
Las pyme con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros anuales podrán optar a este régimen de forma optativa si cumplen una serie de requisitos como llevar un libro de registro o acreditar que se ha producido el pago y el cobro de la factura.
De esta medida se podrán beneficiar 1,3 millones de personas físicas y más de un millón de pymes.
Otra de las medidas fiscales que contempla la futura ley de emprendedores es la deducción para empresas de dimensiones reducidas que reinviertan los beneficios generados a partir del 1 de enero de 2013.
El ahorro para los beneficiarios se estima en 624 millones en 2014 (547 en sociedades y 77 en renta) y los beneficiarios pueden llegar a 200.000 personas físicas y 185.000 sociedades de dimensión reducida.
El incentivo es una deducción del 10 % en la cuota del impuesto de sociedades sobre beneficios obtenidos en el período impositivo que tributan "efectivamente" y se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias.
Para las empresas que inviertan en I+D a partir del 1 de enero de este año el coste estimado (ahorro para los contribuyentes) es de 427 millones de euros con efectos en 2015 y, de esta medida, se podrán beneficiar más de 4.000 empresas.
En el caso del "patent box" se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de determinados activos intangibles (uso o explotación de patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos e informaciones sobre experiencias industriales, comerciales o científicas ("know-how").
Por un lado, se amplía el ámbito de aplicación, al permitir la reducción en la base imponible no sólo para las empresas creadoras del activo, sino para las que lo adquieren y posteriormente lo ceden para obtener ingresos y se aplica un porcentaje del 40 % o del 60 %.
Por otro, se permite aplicar el incentivo fiscal a las rentas generadas en la transmisión de dichos activos y se dota a este beneficio fiscal de mayor seguridad jurídica.
Otra medida fiscal es la denominada "business angel" (inversor de proximidad) y "capital semilla" por la que se establece un nuevo incentivo en el IRPF.
Se trata de un sistema capital-riesgo en el que el inversor es un particular que participa temporalmente en empresas nuevas y aporta sólo capital (capital semilla) o capital financiero acompañado de conocimientos empresariales (business angel).
El inversor tendrá un doble beneficio fiscal, por un lado una deducción del 20 % en la cuota de IRPF con una base de deducción por un importe máximo de 20.000 euros anuales y, por otra, cuando venda su participación temporal en el negocio tendrá una exención total de la ganancia siempre que reinvierta en otra nueva empresa.
Hacienda estima que con esta medida podrán beneficiarse más de 1.000 empresas con un coste de 6 millones de euros en 2014 en el IRPF que es asumido íntegramente por el Estado y no afecta a las autonomías.