En el mundo laboral, uno de los problemas más frecuentes que existen es el retraso en el pago de la nómina. Hay muchas personas que para afrontar sus gastos necesitan cobrarlas lo antes posible, dando lugar a conflictos con la compañía. Algo que, según la ley, no debe ocurrir, pues los pagos se deben abonar puntualmente.
Así lo explica el abogado laboralista Ignacio de la Calzada (@un_tio_legal) en un vídeo de sus redes sociales, aportando, punto por punto, todo lo necesario para saber gestionar de la mejor forma posible esta situación.
El día en el que se cobra la nómina
Según cuenta este jurista, hay que aceptar el hecho de que una empresa pague el día 10 del mes, pues es “total y absolutamente legal”. Porque, a diferencia de lo que se piensa, no hay ninguna ley que diga que se tenga que pagar la nómina un día concreto.
“El trabajador lo que sí que tiene derecho es al salario, a cobrar puntualmente su sueldo. Esto quiere decir en la fecha acordada y aquí está la clave: la fecha acordada no es el día 5 ni el día 10, la fecha es en la que normalmente se pague en la empresa”, apunta el experto.
A ello, añade que, en una empresa nueva, será el empleador quien determine cuándo se paga, si el día 5, el 10 o el 15.
Lo que las empresas hacen
Asimismo, Ignacio de la Calzada afirma que, en las empresas que ya existen, “lo que suele haber es una costumbre, que todo el mundo suele cobrar el último jueves de cada mes, el último día hábil, el máximo día 5, el día 3, el día 1 o el día 10”.
Algo que, en sus palabras, es totalmente legal y las empresas también tienen esta idea de que “como mucho tienen hasta el día 5 o hasta el día 10 entonces se puede pagar”.
No obstante, el especialista explica que, en caso de retraso, se considera “un retraso injustificado y da derecho al trabajador a reclamar los intereses”. Aun así, aclara que por unos días no vale realmente la pena.
“Pero lo que sí que puede hacer es ponerte una denuncia en la inspección de trabajo y la inspección puede pegarte un tirón de orejas si empieza a haber un retraso en el pago de sueldos”, alerta el abogado.
Otros casos
“O incluso si se retrasa más de lo habitual ya de forma reiterada durante varios meses y retrasos de más de 15 días, lo que puede suceder es que el trabajador tenga derecho al autodespido, a irse con indemnización y paro”, apunta Ignacio de la Calzada.
Si eso ocurre, el trabajador se va a ir con la indemnización de 33 días por año, el despido improcedente y además al desempleo. “Esto sería por el retraso injustificado de los salarios. Injustificado no es que la empresa tenga un problema económico, justificado es que no haya un acuerdo entre trabajador y empresa donde expresamente se diga que se acepta ese retraso”, señala.
“Así que pagar a tiempo es pagar según lo acordado o según la costumbre. Si se retrasa la empresa puedes pedir el autodespido”, finaliza.