alicante. La sección primera de la Audiencia de Alicante ha desestimado el recurso presentado por la Fiscalía en el que solicitaba la remisión a las autoridades deportivas de las grabaciones sobre una supuesta compra de partidos por parte del Hércules, con el fin de que el Consejo Superior de Deportes (CSD) y la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) pudieran investigar supuestas infracciones, ya que el tribunal considera que supondría "la vulneración del deber de garantizar el derecho fundamental a la intimidad de las personas".

La Audiencia no ve procedente remitir a las autoridades deportivas el testimonio de las conversaciones o el soporte técnico que las contiene porque sostiene que de trasladarlas se "quebrantaría" la privacidad de las personas. La sala puntualiza que "esas conversaciones ni siquiera debieron acceder al sumario en que se descubrieron", ya que "al no guardar relación" con la investigación y "carecer de trascendencia penal, debieron ser rechazadas por el propio juez instructor" del caso, en lugar de "servir de apertura para una línea de investigación policial".

Así, ha considerado "conveniente deslindar" a las partes del contenido de las conversaciones intervenidas (Tote y Enrique Ortiz) y que esas partes queden así "amparadas" en su derecho a la intimidad, garantizado por la Constitución española.

Por ello, en el auto se reitera que "todo descubrimiento" que se obtenga durante el curso de una intervención telefónica autorizada de forma judicial que "no presente caracteres de delito, debe relegarse a la esfera de intimidad", a pesar de la trascendencia gubernativa, social o la repercusión pública que pueda tener su difusión, ya que los derechos fundamentales "no pueden depender de las consecuencias sociales que tendría su difusión pública", salvo que constituyesen un delito. >E.P.