MADRID. El diputado de IU por Asturias, Gaspar Llamazares, había preguntado si la subida de 13 puntos de IVA que se ha aplicado a los espectáculos culturales se extendía también a los toros. "¿Cómo explica el Gobierno su defensa de los toros como parte de la cultura española y el 'indulto' de los mismos con respecto a la 'monumental' subida del IVA para la cultura?", señalaba.
En su respuesta, recogida por Europa Press, el Gobierno niega tal indulto y señala que, "a partir del 1 de septiembre de 2012, tanto las corridas de toros como los espectáculos taurinos tributan al 21 por ciento".
ANTES HABIA DISTINCIONES Es verdad, reconoce el Ejecutivo, que antes no ocurría así pues se hacía distinción entre las corridas de toros, que tributaban al tipo general del 18%, y los 'espectáculos taurinos' como las novilladas o el rejoneo, que tributaban al 8%.
Según explica, el decreto ley de julio que implantó la subida del IVA revisó la ley que detallaba las categorías de bienes y servicios que pueden beneficiarse de tipos impositivos reducidos, desapareciendo las excepciones para la Tauromaquía.
El Gobierno concluye resaltando que el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto armonizado que está "regulado con un alto grado de detalle en las Directivas comunitarias", las cuales deben extenderse a España mediante una "transposición estricta y limitada de la categoría de bienes y servicios sobre los que cabe aplicar un tipo reducido; compromiso asumido por los Estados miembros con el objetivo de lograr una mayor armonización en el ámbito del Impuesto.