Isabel del Blanco acababa de salir de su vivienda a las dos del mediodía cuando a las seis de la tarde una llamada telefónica le alertó de la pesadilla que estaba a punto de vivir: su casa en Santurtzi acaba de ser ocupada por una familia de etnia gitana. "Todavía pienso en ello y me pongo a temblar", recuerda dos años después en DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA. Su caso no es aislado. Según los datos a los que ha tenido acceso este periódico, el pasado año la Ertzaintza contabilizó hasta 223 denuncias por usurpación y allanamiento de morada, lo que corresponde a un incremento de hasta el 19% en comparación con 2019.

"Me ocuparon la casa que había heredado tras la muerte de mi ama y mi aita. No vivía allí, pero mis sobrinos sí que solían dormir de vez en cuando y yo iba todos los días, para ventilarla y para estar un rato en mi hogar de la infancia", recuerda. Esa era su rutina diaria pero el 2 de septiembre de 2019 una familia le rompió la cerradura de su casa y ocupó su vivienda: "En cuanto me enteré fui corriendo a mi casa; me los encontré en la ventana. Menuda rabia e impotencia. No sé de dónde saqué la valentía, pero les dije de todo", rememora ahora. En este caso, la participación y solidaridad ciudadana desempeñó un factor esencial ya que, gracias a la presión mediática, los okupas abandonaron la vivienda cerca de dos meses después. Y si este caso ha sido uno de los últimos casos mediáticos ocurridos en el territorio vecino, desde luego no es el único. Según los datos ofrecidos por el departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, en Euskadi el número de usurpación y allanamiento de morada sigue al alza: En números, en 2018 la Ertzaintza realizó 129 atestados por usurpación y 64 por allanamiento de morada. En 2019, se elevaron a 131 denuncias por usurpación y 57 por allanamiento de morada y en 2020 el incremento ha tocado techo con 223 casos (de los cuales, 71 son de allanamiento de morada). Pero, ¿cuál es la diferencia entre una usurpación y un allanamiento de morada? Carmelo Martínez Sarobe, intendente jefe territorial de la Policía Vasca de Álava lo explica así: "La usurpación y el allanamiento de morada son dos delitos totalmente diferentes. En el primero de ellos, el okupa se hace con un bien inmueble no destinado a morada, se trata de una propiedad de inmuebles donde nunca vivió nadie o, al menos, actualmente. Por lo tanto, no es morada de nadie y su ocupación concurre a un delito de usurpación. Pongo como ejemplo, los pisos que están siendo ocupados en Olarizu", explica y continúa: "En cambio, en el delito de allanamiento de morada la vivienda sí es morada de alguien. Por ejemplo, ocurre cuando me voy de vacaciones y al volver alguien ha hecho de mi hogar su morada".

Por eso, la palabra clave es morada. "¿De quién es morada ese hogar?", es la primera pregunta que realiza la policía cuando recibe una llamada donde se les alerta de una nueva ocupación de vivienda. El modus operandi con el que trabaja la Policía Vasca y Local es diferente en ambos delitos. En el primero de ellos, para que la policía pueda acceder dentro de la vivienda o el inmueble, hace falta una orden judicial por lo que el proceso se puede prolongar en el tiempo, en función de la carga de trabajo a la que esté sometido el juez que instruya el caso. Sin embargo, en un allanamiento de morada, y debido a la gravedad de los hechos, la Constitución permite que la Ertzaintza entré a la fuerza a la vivienda para llamar al orden. "Por mucho que el okupa haya constituido su morada en esa vivienda, también es morada del titular, por lo que en cuanto nos cercioramos de que, efectivamente, esa vivienda es morada del denunciante, nos ponemos en contacto con el okupa, le advertimos de la ley que está vulnerando y del delito que se le acusa y, sino sale por su propio pie, entramos a la fuerza para restablecer el orden y volver a la situación anterior a la ocupación", explica. Después, el proceso continúa en el juzgado, por un delito de allanamiento de morada que, en casi todas las ocasiones, se agrava con otro delito de robo (en muchas ocasiones, y según la versión de este policía, los okupas acaban robando en la propia vivienda). Este delito está considerado como un delito grave y actualmente está castigado con pena de prisión: ocupar una vivienda está penado con cárcel de seis a dos años. Si, además, se ejerce violencia o intimidación para llevar a cabo esta fechoría, la pena se eleva de un año a cuatro años de prisión.

Y para que en cada caso de ocupación sea la policía, y no el juez, quien tenga que restablecer el orden, los primeros minutos tras aleccionar a los agentes resultan esenciales: habrá que demostrar que, efectivamente, la vivienda que ha sido ocupada tiene morada (aunque se trate de una segunda vivienda, basta con que el propietario acuda de vez en cuando a esa vivienda y tenga objetos personales dentro así como luz y agua para que se considere que sí tiene morada). Por ello, la policía, una vez en el lugar de los hechos, tendrá que hablar con los vecinos y conseguir testimonios que defiendan que esa vivienda no corresponde a los okupas. Sin embargo, si la policía acude al lugar de los hechos y no consigue demostrar y comprobar que la vivienda tiene un dueño, el caso será judicializado por lo que ya no podrán entrar a la fuerza para desalojar el inmueble y será un juez quien tenga que dar dicha orden de desalojo.EL PERFIL DEL OKUPA

Hombre de nacionalidad española de entre 18 y 39 años. Según detalla el jefe territorial de la Ertzaintza de Álava, Carmelo Martínez Sarobe, el 65% de los ocupas son de nacionalidad española, el 18% marroquí y el 7% de nacionalidad argelina (son las nacionalidades más representadas). Además, el 69% de los okupas son hombres, y le corresponde el 31% a la mujer. No siempre entran familias, en muchas ocasiones entra una única persona o dos (sin necesidad ni de conocerse) y, en cuanto a la franja de edad, el 66% corresponde a la de 18-39 años. El 21% a la franja de edad de 40-59 años. "Lo común es que se trate de un hombre con nacionalidad española sin recursos económicos", dice. Aún así, y en este mismo sentido, Carmelo Martínez Sarobe también reconoce que se dan casos de picaresca; okupas que entran a una vivienda para, después, darla en alquiler. En estos casos, lo común es que entren a viviendas que no tienen morada para incurrir un delito de usurpación y garantizar así la posibilidad de quedarse unos meses en ese espacio: "Normalmente el okupa es una persona profesional que sabe dónde entra y que cuando se mete en una vivienda lo hace pensando que ahí no vive nadie, para no incurrir en el delito de allanamiento de morada", concluye.