Día a día

Se establece el cierre perimetral de Euskadi y la restricción de entrada y salida de personas del territorio histórico de residencia.

Limitación de movilidad nocturna de 22.00 a 6.00 horas.

Limitación de agrupación máxima de 6 personas.

Limitación del máximo de aforo en centros de culto en un 35%.

Suspensión de ensayos y actuaciones músico-vocales.

Comercios

Los aforos en establecimientos comerciales de más de 150 metros cuadrados se reducen al 40%, en los que cuenten con una superficie de hasta 150 metros cuadrados el aforo deberá ser del 60%.

Se mantiene el horario máximo de cese actividades comerciales y culturales a las 21.00 horas, salvo farmacias, gasolineras y otras excepciones.

Se mantiene el horario de cierre de hostelería y restauración entre las 20.00 y las 6.00 horas.

DOS ESCENARIOS POSIBLES

Se permite la reanudación del deporte escolar, únicamente en entrenamientos que, en todo caso, deberán organizarse en grupos de seis personas como máximo sin variar su composición y no pudiéndose hacer uso de vestuarios.

Se permiten también los ensayos de grupos no profesionales de danza, asociándolos a las condiciones que rigen para la actividad teatral.

Se permite la reapertura del sector de juego y apuestas, en condiciones de aforo, horarios y medidas pre- ventivas similares a las que se aplican al sector de hostelería.

Confinamiento perimetral municipal, en el que tampoco está permitido visitar las localidades colindantes, salvo las excepciones previstas por ley (trabajo, salud...).

Cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, y de juego y apuestas en los mismos términos que en el decreto de 6 de noviembre.

Suspensión de la actividad deportiva en grupo.