El ayuntamiento de Berantevilla ha aprobado definitivamente la utilización de un edificio, la Casa Dalmacio Sánchez, para Casa Joven-Gaztetxe, y la ha dotado de una Ordenanza que regula su cuidado y utilización.

Esa decisión se ha tomado ante la situación actual de la población joven del municipio y por la necesidad de disponer de un local para realizar sus actividades, tanto culturales, como sociales y recreativas.

Por ello, el edificio podrá ser utilizado por los jóvenes inscritos como usuarios, vecinos del municipio, para llevar a cabo en dicha instalación, reuniones, actividades culturales, sociales y recreativas, siempre y cuando se haga un uso responsable y entendiéndose como actividades las proyecciones audiovisuales, cursos, talleres o reuniones, juegos recreativos y celebraciones como carnavales, halloween, fiestas patronales, fin de año y otras.

La edad de acceso estará comprendida preferentemente entre los 14 y los 25 años, aunque para los menores de edad se requiere permiso paterno anualmente.

La Ordenanza regula horarios, deberes de los usuarios y prohibiciones, entre las que están el uso del edificio para otra finalidad distinta a la autorizada, aquellas actividades que vulneren la legalidad o que fomenten la violencia, el racismo, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación o que atenten contra la dignidad humana y, por supuesto, fumar en el interior, consumir alcohol, emitir ruidos molestos que afecten a la convivencia con los vecinos y el uso de butano o cualquier tipo de combustible en el interior del edificio.

Los usuarios deberán designar una persona responsable, durante un máximo de dos años, que será quien se encargue de controlar el cumplimiento de los deberes de los usuarios y de la gestión y custodia de la llave del inmueble.

La utilización del edificio conllevará que el mantenimiento de limpieza correrá a cargo de los usuarios y serán ellos los que llevarán a cabo dicha labor de orden y limpieza. Los usuarios serán los que compren el material de limpieza, que no será abonado por el Ayuntamiento y se deberá cumplir un programa que establece la limpieza del lugar cada vez que finalice una actividad, aseo diario del cuarto de baño y limpieza en profundidad de las zonas comunes, como mínimo, cada tres meses, esto es, en marzo, junio, septiembre y diciembre. Realizada dicha limpieza, el responsable de la sala deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento y este realizará una inspección.