VITORIA. En la providencia, fechada el pasado 5 de diciembre, el Constitucional argumenta que "no se aprecia la especial trascendencia constitucional que se requiere para su admisión".

A juicio de Martxoak 3, ello no puede resultar "más sorprendente, insólito y vergonzante, además de resultar totalmente disconforme al Derecho Internacional de los Derechos Humanos".

En la demanda de amparo se planteaban cuestiones como "la aplicación directa del Derecho Penal Internacional, el principio de legalidad internacionalmente reconocido, la prescripción de acciones criminales que pudieran tipificarse como delitos de lesa humanidad y su conexión con el derecho a la tutela judicial efectiva".

"A pesar de todo ello, el Constitucional dicta una providencia no motivada y estereotipada sin atender en ningún momento a la real y verdadera trascendencia que, desde un punto de vista constitucional, el recurso de amparo tenía y mantenía", ha argumentado la Asociación, que ha lamentado "la falta de voluntad del Estado español para cumplir con las obligaciones internacionales contraídas en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos".

Pese a todo, Martxoak 3 ha anunciado que contactará con las instituciones impulsoras de las querella para que, junto con los abogados y una vez agotada la vía judicial en el Estado español, evaluar las posibilidades de buscar justicia en instancias internacionales como puede ser el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.