- La presidenta del Gobierno foral, María Chivite, ya anunció el lunes de la semana pasada la intención del Ejecutivo de limitar las reuniones en el ámbito privado a la unidad convivencial. Sin embargo, tras la publicación de la orden foral esa limitación se quedó en la recomendación de que en el ámbito privado tan solo se juntasen las personas convivientes, ante la previsión de que los tribunales no diesen luz verde a la medida al no tener cobertura legal. Pero con la entrada en vigor del nuevo estado de alarma anunciado el domingo por el presidente del Gobierno central, Pedro Sánchez, el Ejecutivo foral tiene cubiertas las espaldas para prohibir que en los domicilios se junten personas de diferentes unidades convivenciales, una medida que se recogerá en el decreto foral que Chivite firmará hoy y que entrará en vigor mañana tras su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON).

Así lo anunciaron ayer el vicepresidente del Gobierno foral, Javier Remírez, y la consejera de Salud, Santos Induráin, en una rueda de prensa en la que también avanzaron que el toque de queda implantado por Madrid se mantendrá entre las 23.00 y las 06.00 horas. Asimismo, recordaron que siguen vigentes hasta el 4 de noviembre, inclusive, las restricciones de entradas y salidas del territorio foral, la limitación de los grupos en espacios públicos a un máximo de 6 personas, así como el resto de medidas aprobadas la semana pasada.

Tras las medidas, subrayó la consejera Induráin, subyace la necesidad de aplicarlas de “forma inmediata”, para poder frenar la curva de contagios, y van en la línea de las medidas que ha ido adoptando el Gobierno foral, que conforman “una suma de acciones” dirigidas a rebajar las altas cifras de contagios que está teniendo Navarra, que ya están teniendo impacto en los hospitales, y cuya tendencia “no es buena”.

La principal novedad de lo anunciado ayer por el Gobierno foral es la limitación de las reuniones en el ámbito privado a los convivientes, una medida que estará vigente, en principio, hasta el 4 de noviembre, y que se toma ante la evidencia de que la mayoría de contagios se producen en el ámbito familiar y social. Por tanto, no está permitido que se junten en domicilios personas que no viven bajo el mismo techo -incluyendo a las personas cuidadoras y de ayuda-, aunque el decreto contemplará una serie de excepciones. Así, no estarán sujetas a esta limitación las visitas -preferentemente del ámbito familiar o social más cercano- a personas que vivan solas y a personas dependientes; los menores de edad cuyos progenitores vivan en domicilios diferentes; las personas con vínculo matrimonial o parejas de hecho que vivan en distintos hogares; y las personas que se encuentren en supuestos asimilados a los previstos anteriormente.

También se permite la movilidad para asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores. La vigencia de esta medida se fija hasta la finalización del estado de alarma.