El próximo 22 de diciembre se celebrará el anual Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, evento en el que solamente las ilusiones y esperanzas de unos pocos se materializarán en los 4 millones de euros con los que premia el Gordo, 400.000 por décimo.
No obstante, y pese a que las probabilidades de que nuestro décimo sea premiado, nunca hay que olvidar la presencia de la Agencia Tributaria. En los Presupuestos Generales del Estado de 2018, se concreta que los premios de la Lotería de Navidad que superen los 40.000 euros tendrán que pagar el 20% a partir de esos 40.000 euros.
Es decir, en el caso del Gordo, de los 400.000 euros se tributarán 360.000, de los cuales 72.000 euros se dirigirán a las Arcas Públicas y los restantes 328.000 euros serán para el afortunado o afortunada. Por tanto, de los 125.000 euros brutos del segundo premio, el boleto ganador valdrá 108.000 euros netos. Del tercer premio, valorado en 50.000 euros, Hacienda adquirirá 2.000 euros, por lo que la recompensa será de 48.000 euros después de impuestos. Este impuesto no se palicará al resto de premios inferiores a 40.000 euros.
La persona agraciada con algún premio no tendrá que preocuparse en declarar el premio, ya que la recaudación a la Agencia Tributaria se realizará automáticamente. Sin embargo, si el premio es compartido, es importante aclararlo en el momento de recogerlo para evitar confusiones y malentendidos con Hacienda.