BILBAO - El artículo 579 bis 4 del Código Penal se está erigiendo en la tabla de salvación de los procesos judiciales contra la izquierda abertzale y sus terminales. Ese precepto también ha servido para razonar la sentencia de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre Hasier Arraiz que, pese a que le condena a dos años de cárcel, elude su ingreso en prisión, aunque le inhabilita para cualquier cargo público. Por ello, el presidente de Sortu y parlamentario de EH Bildu quedará en el plazo de un mes -el tiempo que llevará los recursos- apartado del Parlamento Vasco y, además, no podrá presentarse en las candidaturas de la coalición en las elecciones autonómicas de otoño. Tampoco podrán concurrir a comicios de ámbito municipal, provincial, estatal y de ámbito europeo por el tiempo de la condena.

El tribunal compuesto por Juan Luis Ibarra, Nekane Bolado y Roberto Saiz pivota buena parte de la sentencia en el 579 bis 4 que, en la práctica, supone un atenuante para los delitos de terrorismo en los que no se aprecia una “especial gravedad” ni en los medios utilizados ni en el resultado o el daño causado. Entiende el tribunal que, en tanto que coordinador de la izquierda abertzale en Araba, Arraiz ni hizo uso de armas, artefactos o sustancias peligrosas, ni desarrollo acciones aviolentas. “Por el contrario, se recogen en la relación de hechos probados actuaciones relativas a la celebración de reuniones, ruedas de prensa, entrevistas, participación en manifestaciones y actos político-electorales, todos ellos desvinculados de acciones violentas”, recoge la sentencia. Pero la aplicación de este artículo del Código Penal requiere del paso previo del propio Arraiz de ofrecer a la fiscalía un pacto por el que reconoce su pertenencia en ETA por haber formado parte de la clandestina Mesa Nacional de Batasuna, renuncia a la violencia y realiza un compromiso de “reparación de las víctimas del terrorismo”. El fiscal Juan Calparsoro y la defensa -ejercida por Iñigo Iruin- suscribieron el acuerdo por el que se rebajaba la petición de condena, pero las acusaciones populares, ejercidas por la AVT y Dignidad y Justicia, rechazaron adherirse al acuerdo y solicitaron diez años de cárcel. En todo caso, no recurrirán la sentencia. Los hechos que se atribuyen a Arraiz y por los que declaró ante el tribunal el pasado 9 de mayo van desde marzo de 2006 hasta el momento de su detención en octubre de 2007, cuando fue detenido junto al resto de miembros de la Mesa Nacional de Batasuna reunidos en la Casa de Cultura de Segura. La sentencia relata que el procesado era el responsable de Batasuna en Araba, “y complementó y actuó de forma coordinada con ETA para conseguir la independencia de Euskal Herria mediante la utilización de la violencia”.

Desde que el artículo en cuestión entró en vigor en julio del año pasado, los abogados de la izquierda abertzale han planteado los procesos de sus defendidos en esos términos en bastantes casos con el fin de lograr la reducción de pneas de decenas de reclusos y su salida de la cárcel. Los magistrados del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional -y ahora el Superior de Justicia vasco- han aplicado ya la norma en sus resoluciones a favor del procesado pero siempre en respuesta a un recurso planteado por una condena reciente. No obstante, las defensas de los presos de ETA han dado un paso más y reclaman, por la vía del recurso de revisión, que el precepto se aplique a reclusos condenados hace años, lo que en caso de prosperar provocaría un aluvión de peticiones de revisiones de condenas.

SORTU: “VÁLIDA Y VIABLE” Una vez conocida la sentencia, la portavoz de Sortu Maite Ubiria expresó su “satisfacción relativa” por las condenas impuestas a Arraiz -y también a los ocho acusados de Ekin, quienes no ingresarán en prisión-, lo que supone que la vía de llegar a acuerdos con la Fiscalía “se ha ido consolidando”. Expresó la opinión “moderadamente positiva” de su formación sobre estos acuerdos y consideró que la fórmula del acuerdo “es válida y viable” para “encontrar soluciones a todas las consecuencias del conflicto”, tanto “en materia de víctimas como en la de la excarcelación de presos” de ETA. El presidente del PNV, Andoni Ortuzar, señaló que dentro de lo “complejo y enrevesado” que ha sido todo este sumario, “al final ha salido lo que Arraiz y su defensa querían”. “No sé si uno se puede alegrar por este tipo de cosas” porque “se ha escrito con renglones torcidos” pero apostilló que la condena que le ha impuesto el alto tribunal vasco es lógica. La secretaria general de Podemos en Euskadi, Nagua Alba, reparó en la dilación extraordinaria e indebida de la tramitación del proceso judicial contra Arraiz. En este sentido consideró “llamativo” el que la causa haya tardado más de siete años desde la imputación. Por su parte, el secretario general de los socialistas guipuzcoanos, Iñaki Arriola, afirmó que “no ha sido una sorpresa” la condena puesto que la sentencia “recoge” el pacto del acusado con la Fiscalía.