madrid - Continúa la parálisis institucional en España, con unos partidos que no terminan de ponerse de acuerdo para proclamar al próximo presidente, con la posibilidad cada vez más cercana de celebrar nuevamente elecciones el 26 de junio, y con un Gobierno en funciones que solo puede despachar la gestión cotidiana y los asuntos ordinarios para evitar el colapso, pero que tiene vedado aprobar nuevas leyes o presupuestos. En esa situación sin precedentes en el Estado y con cierta sensación de vacío legal, ha surgido otra incógnita: ¿puede mientras tanto el Gobierno en funciones someterse al control de la oposición en el Congreso y a sus preguntas e interpelaciones? La oposición quiere que el gabinete de Mariano Rajoy sí rinda cuentas ante el Congreso. El Ejecutivo se opone a someterse al control porque, al no haber superado Rajoy la sesión de investidura y no haber renovado la confianza del Congreso en su figura, no tiene por qué someterse a su escrutinio. La disputa se encamina a un choque institucional sin precedentes entre el Gobierno y el Congreso, con la posibilidad de que la Cámara lleve al gabinete de Rajoy ante el Tribunal Constitucional.
Fue el socialismo el que amagó ayer con recurrir a los tribunales, aunque aguardará al desarrollo de los acontecimientos y dará margen para que el PP reconsidere su actitud. La petición de que Rajoy se someta al control parlamentario tiene tras de sí el apoyo de toda la oposición. La Mesa del Congreso acordó ayer con los votos de PSOE, Podemos y Ciudadanos que se convoquen plenos de control, una decisión que suscribieron más tarde el resto de partidos en la Junta de Portavoces, a excepción del PP. El PNV va a registrar una proposición de ley que obligue a los ejecutivos interinos a rendir cuentas ante el Congreso y el Senado, y consideró una “desfachatez” que Rajoy se niegue a hacerlo.
En concreto, la oposición quiere que comparezca mañana en comisión el ministro de Defensa, Pedro Morenés, para que explique la participación en una misión de la OTAN en el mar Egeo contra las mafias de la inmigración. También solicita que Rajoy informe el día 29 sobre los contenidos de los consejos europeos de este mes, donde se están abordando políticas de inmigración y refugiados. Asimismo, pide plenos de control en general. Lo más probable es que las convocatorias arranquen con las sillas de los aludidos vacías. El Gobierno accedería a recabar el aval del Congreso en casos excepcionales y de Estado que pudieran hipotecar al siguiente ejecutivo, como la política de refugiados, donde un gabinete en funciones no puede actuar por su cuenta, pero no habrá control ordinario.
El conflicto vuelve a dejar en evidencia la pésima relación del PP con el resto de los partidos y su soledad parlamentaria. Por otro lado, más allá del debate jurídico, subyace un conflicto en clave preelectoral. Si Rajoy aceptara las sesiones de control, es previsible que se sometiera a un marcaje feroz de la oposición, lo que agravaría aún más esa sensación de debilidad y lo dejaría tocado en puertas de unas hipotéticas nuevas elecciones. Los socialistas, que aspiran a construir un gobierno alternativo que lo releve, endurecieron su discurso contra Rajoy. El portavoz socialista Antonio Hernando aseguró que, si el conflicto persiste, no quedará más remedio que acudir al Tribunal Constitucional, quizás con la figura del conflicto de atribuciones, que debería ser acordada por el Congreso y que no tendrá demasiado recorrido más allá de añadir un borrón en el currículum de Rajoy. Cabe recordar que el tribunal tardaría meses en decidir sobre el fondo del asunto, máxime en una cuestión sin precedentes, y lo más probable es que ya no haya gobierno en funciones ni haya, por tanto, litigio que resolver. Aunque fallara en contra del gobierno, sucedería a toro pasado y no iría más allá de lo declarativo: solo tiene potestad para multar, sancionar e inhabilitar en caso de incumplimiento reiterado de la sentencia.
la ley Las atribuciones de un ejecutivo en funciones se detallan en el artículo 21 de la Ley del Gobierno, y lo cierto es que, entre las cuestiones que tiene vedadas, no aparecen las sesiones de control. Planteando ese dato a la inversa, podría haber razones para pensar que puede y debe seguir sometiéndose a ese examen. Esa norma dice que el gobierno en funciones no puede presentar leyes, aprobar presupuestos, convocar un referéndum o plantear una cuestión de confianza al Congreso. No le prohíbe someterse a sesiones de control. En el artículo 66 de la Constitución, se mencionan esas sesiones sin citar ni diferenciar el periodo en funciones del periodo ordinario.
El presidente del Congreso, Patxi López, envió una carta a la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría para que recapacite y evite un “conflicto institucional grave”; y Hernando habló de “rebelión del Gobierno contra las Cortes”. Los defensores de las sesiones de control esgrimen un informe de los letrados del Congreso, y Moncloa alude a un documento de la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes. El PP avanzó ayer que la respuesta del Gobierno español será negativa, y su portavoz parlamentario, Rafael Hernando, habló de “fraude intelectual y legal” de la oposición. El conflicto abre una nueva muesca en el arranque bronco de la legislatura, tras los momentos de tensión y trifulca vividos en las votaciones de investidura con el propio López.