madrid - Imputada, en el banquillo, [la infanta Cristina] “quedaría en una posición de indefensión”, tratada de manera desigual e implicada en base a una mera sospecha. Por su parte, [Iñaki Urdangarin] “desviaba y se apoderaba de los fondos públicos” que recibía sin contraprestación alguna desde el Instituto Nóos. Son las dos visiones que el fiscal Pedro Horrach razona en su escrito de acusación de 673 páginas, incluidos dos anexos de análisis, en los que apela a la doctrina Botín para exonerar a la hermana del rey Felipe VI, que consignará “de forma inmediata” la indemnización que se le pide de 587.413 euros para que su causa quede archivada; mientras que, sin embargo, se muestra radicalmente inflexible con el duque de Palma, al que reclama una pena de hasta 19 años y medio de cárcel y una multa de 3,5 millones por su supuesta responsabilidad, en ocho delitos, en la trama del caso Nóos.
A expensas de que el juez José Castro decida si abre juicio oral contra la infanta asumiendo la llamada doctrina Atutxa; según el fiscal Horrach la Audiencia de Palma se apoya en un “pudo saber” que invierte la carga de la prueba y pervierte el principio de presunción de inocencia, basándose en argumentos “raquíticos” y suposiciones para darle la razón al magistrado y negársela a él, de manera que sostener que Cristina de Borbón supo o amparó “de alguna manera” los delitos fiscales de su esposo, en el ámbito penal, equivale a la mera conjetura. La denominada doctrina Botín por la que no se puede sentarla en el banquillo solo a instancia de la acusación popular -en este caso, Manos Limpias- preside muchas de las argumentaciones de la Fiscalía, que recalca que si la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal, que son titulares del bien jurídico supuestamente lesionado, no ejercen la acción penal contra la esposa de Urdangarin porque consideran que no se le pueden imputar delitos, este papel no puede usurparlo un tercero no perjudicado, en clara referencia al sindicato ultraderechista, quien pide 8 años de cárcel para ella y una multa de 2 millones de euros, y recuerda que la propia Audiencia de Palma señaló a Castro, cuando mantuvo la imputación de la infanta por dos delitos fiscales, que en este caso los presuntos hechos delictivos los cometió en cooperación con su marido, que sí está acusado por la Fiscalía por ese fraude a Hacienda. “Si [el juez] hubiera creído de aplicación la doctrina Botín la tendría que haber empleado en un momento inicial”, justifica la letrada de Manos Limpias, Virginia López-Negrete. Y añade: “Cristina ha intervenido, de una parte, lucrándose en su propio beneficio, y, de otra, facilitando los medios para que lo hiciera su marido, mediante la colaboración silenciosa de su 50% del capital social”.
Pero el acusador público, Horrach, no reconoce la existencia de una mínima prueba de cargo indiciaria y objetiva de la participación de Cristina de Borbón en los presuntos delitos contra la Hacienda pública atribuidos a su cónyuge, y estima innegable que, amén del dato de la participación societaria de la hija del también monarca Juan Carlos I en la sociedad Aizoon, no se describe un mínimo relato indiciario de cooperación con el fraude de Urdangarin. Cientos de socios no administradores de empresas defraudadoras inspeccionadas por Hacienda quedan sin sanción en el Estado español, evoca el fiscal, para quien hay incongruencias y cuatro hipótesis distintas e incompatibles entre sí sobre la imputación de la infanta, que conducen a interpretaciones completamente diferentes.
hipótesis incompatibles Horrach sostiene que los escritos de la Audiencia constituyen la demostración palpable de que los mismos datos y circunstancias pueden utilizarse para realizar interpretaciones radicalmente distintas. Por ejemplo -dice-, los magistrados niegan la imputación en julio de 2012 y en noviembre de 2014 se mantiene, con los mismos datos y tras ahondar sin resultados en el examen de la caja única de Aizoon, la relación de la infanta con la contratación del personal doméstico, la asistencia a las juntas generales, sus gastos personales y el volumen de ingresos y gastos. Además, el fiscal aduce que la sala pasa “sin complejos” del “desconocimiento” al “debería saber”; del “no tenía por qué conocer” al “pudo conocer”. Es decir, aboga porque de simple figurante o elemento decorativo salta, sin solución de continuidad, a “imputada”, considera Horrach, quien se cuestiona asimismo que si “no tenía por qué conocer” que la empresa familiar Aizoon era una sociedad pantalla utilizada por Urdangarin, en base a las declaraciones e indicios obtenidos, para apoderarse de fondos públicos, “¿por qué tenía que conocer que era una sociedad instrumental para defraudar a Hacienda?”.
Paralelamente, la Fiscalía observa que los gastos personales de la infanta a través de la tarjeta de crédito de Aizoon son “ridículos”, dado que hay un solo comprobante de los pagos con cargo a ella: la factura del restaurante L´escarabat negre por importe de 352 euros del 21 de agosto de 2007. Con este ejemplo, y para exonerarla de culpa, termina de refutar afirmaciones como que “manejaba las cuentas” de la entidad al cargar en ellas los gastos de sus tarjetas bancarias. Cree que es una afirmación, cuando menos, aventurada el “manejar” las cuentas porque el concepto jurídico, contable y social de una entidad societaria tiene poco que ver con el acto de “gastar” y entregar comprobantes.
En este contexto, la infanta pagará los casi 600.000 euros que se le piden, según aseguró ayer su propio abogado Miquel Roca, mediante la entrega de unas pólizas, para así dar luz verde a que el juez Castro decrete el archivo de la causa. En declaraciones a las puertas de su despacho, recalcó que la hermana de Felipe VI no debe llegar a juicio porque no la acusan ni Fiscalía ni Abogacía del Estado, y además aludió a la doctrina del Tribunal Supremo. “Supongo que se va a respetar lo que dice la ley y lo que la doctrina establece, por lo que corresponde exonerarla de toda responsabilidad penal”, incidió Roca.
el duque, en otro escenario El horizonte se presenta muchísimo más oscuro para Urdangarin, a quien el fiscal solicita 19 años y medio de prisión -y 16 y medio para Diego Torres- por urdir y liderar una trama empresarial con la que logró acceder de forma “directa e inmediata” a los fondos manejados por las Administraciones, eludir los requisitos exigidos por las normativas de contratación pública y desviar así hasta 6,2 millones de euros de las arcas de Baleares, Comunidad Valenciana y Madrid. Dichas penas, las principales peticiones del escrito de acusación, suman para el conjunto de los catorce imputados que quiere sentar en el banquillo por el caso Nóos un total de 103 años de cárcel. Horrach no deja en este caso nada al albur exponiendo pormenorizadamente los mecanismos con los que el duque de Palma y su exsocio pusieron en marcha una estructura “hueca de contenido real” y urdieron “una maraña de facturación ficticia” para apoderarse del dinero público. Y para ello utilizaron el Instituto Nóos, al que manejaron “a su antojo” junto a otras mercantiles de su propiedad para que “operasen al servicio de sus intereses comerciales”.
Al abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives, le parece “muy alta” la pena que el fiscal pide para su cliente y lo compara como “si fuera un delito de sangre”. “Como si fuera un asesinato, ¿no?”, espeto ayer ante el revuelo periodístico y en plena calle, evitando concretar si buscarán un pacto pagando el dinero supuestamente defraudado, ya que, a su entender, la situación financiera del duque, “lamentablemente”, no ha cambiado y no podría afrontar dicho pago.
matas, tejeiro... Por último Jaume Matas, expresident balear, recibe una petición de once años de cárcel por un delito de malversación en concurso con prevaricación y falsedad, y otro de fraude. Sobre la mujer de Torres, Ana María Tejeiro, pesa un delito de blanqueo de capitales por el que el fiscal pide dos años de prisión; otros dos años para el hermano de ésta y excontable del Instituto Nóos, Marco Antonio Tejeiro; dos más para el exdirector de Deportes del Govern balear, José Luis Pepote Ballester; ocho para el exgerente de la fundación pública Illesport Gonzalo Bernal; un año y nueve meses para el exgerente del Instituto Balear de Turismo (Ibatur) Juan Carlos Alía; y otros cuatro para su exasesor jurídico, Miquel Àngel Bon.