MADRID. También se multará hasta la misma cantidad a quienes promuevan esta actividad, los proxenetas, mientras que se excluirá de cualquier castigo a quienes ejerzan la prostitución por considerar que en un altísimo porcentaje se trata de personas explotadas.
Éste y otros motivos aparecen recogidos en la futura Ordenanza de Convivencia Ciudadana en el Espacio Público de la ciudad de Madrid, que hoy ha sido presentada en su fase de borrador por la delegada madrileña de Familia y Servicios Sociales, Dolores Navarro.
El Gobierno de Ana Botella quiere regular en esta ordenanza todas las conductas que puedan afectar al espacio público como lugar de convivencia y civismo y eso incluye desde la prostitución y la mendicidad hasta la acampada en la calle, la limpieza de parabrisas en los semáforos o los "gorrillas" que cobran por aparcar.
Por primera vez se prohíben las cundas o taxis de la droga y entra en aspectos tan aparentemente inocentes pero que pueden llegar a ser peligrosos como el uso de monopatines o la colocación de macetas en alféizares y balcones.
La ordenanza, que derogará definitivamente la de Policía y Buen Gobierno aprobada en la posguerra (1948), podría estar en vigor en los primeros meses de 2014.
La nueva normativa prevé un régimen sancionador con multas de hasta 750 euros para las infracciones leves, que se pueden sustituir por servicios a la comunidad a través del voluntariado; de 1.500 para las graves y de 3.000 para las muy graves.
La delegada ha subrayado que el ayuntamiento no puede ni pretende con esta norma regular la prostitución, que es una actividad "alegal", y que "la ordenanza no califica las conductas como cívicas o incívicas, no realiza juicios morales sobre las conductas, solamente recoge las conductas indeseables que se realizan en el espacio público".
En el mismo sentido ha explicado que "no se prohíbe la mendicidad sino las conductas molestas, coactivas o agresivas que tienen la apariencia de mendicidad y detrás las cuales hay mafias o grupos organizados".
Sobre la prostitución, el artículo 11 del borrador establece que "no se permite solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, servicios sexuales, así como su práctica en el espacio público".
Añade que "en especial no se permite la solicitud de servicios sexuales en el espacio público cercano a centros docentes, zonas de juego infantiles y juveniles y accesos a centros comerciales y empresariales".
Dice también que "no se permite las conductas que puedan considerarse coactivas o de acoso a las personas, así como aquellas que promuevan el consumo de prostitución u otras formas de explotación sexual".
Además de la prostitución y la mendicidad, se prohíbe en el espacio público el "comportamiento discriminatorio" de contenido "xenófobo, racista, sexista y homófobo" ejercido de cualquier forma.