MADRID. El PP recurrió sin éxito ante la Junta Electoral Central el Plan de Cobertura de RTVE para la campaña de los comicios del 20 de diciembre, pero no para reclamar más minutos para si mismo, sino por el trato dado a partidos sin escaños en el Congreso, Ciudadanos y Podemos, a su juicio en perjuicio de otros con representación parlamentaria.
En su recurso, el partido mayoritario señalaba que el Plan de Cobertura Informativa de la Corporación de RTVE, que además de los telediarios y las entrevistas incluye un 'cara a cara' entre Mariano Rajoy y Pedro Sánchez y un 'Debate a 8', no respeta el principio de proporcionalidad al "primar" a los llamados 'grupos políticos significativos' (Ciudadanos y Podemos) en detrimento de los que ostentan representación parlamentaria.
Sin embargo, en su respuesta el organismo arbitral se afianza en la instrucción que dictó abril, cuando abrió las puertas de los telediarios y debates a aquellos "grupos políticos significativos" que, aun no habiendo obtenido representación parlamentaria cuatro años antes, hayan superado el 5% en elecciones más recientes.
CUMPLEN LAS CONDICIONES
Para las elecciones generales de diciembre, este criterio se aplica con Ciudadanos y Podemos, ya que superaron ese listón mínimo del 5% en las municipales de 2015 (Ciudadanos) o en las europeas de 2014 (Podemos), ambas de ámbito estatal.
"En consecuencia, al tener esa consideración de grupo político significativo, no resulta contrario a los principios de neutralidad informativa y proporcionalidad que un medio público incluya a candidatos de grupos políticos significativos en un debate electoral con representantes de otras candidaturas de formaciones con representación parlamentaria", argumenta.
Otra cosa es que a los demás se les compense para equilibrar y, en ese sentido, el organismo arbitral recuerda al PP que cuando permitió debates 'cara a cara', donde sólo entran los dos partidos mayoritarios (PP y PSOE), lo hizo a condición de que se compensase a los demás ofreciendo en horario parecido otros debates bilaterales o plurilaterales, o bien información compensatoria suficiente.
También ERC recurrió la cobertura informativa de RTVE en su caso por discrepar de que la Corporación admita a Podemos y Ciudadanos en el Debate a 8 de TVE y en cambio no vayan a entrar partidos con representación parlamentaria pero sin grupo parlamentario propio, caso de la formación independentista.
COMPENSACIÓN
La Junta Electoral, en la resolución recogida por Europa Press, recuerda a Esquerra que el Plan de Cobertura Informativa de RTVE ya señala el procedimiento de compensación a estos partidos, que consistirá en "incluir declaraciones grabadas sobre los asuntos que se traten en el referido debate".
"Por ello, en el presente caso, esta Junta no considera contrario a las previsiones de la Ley Electoral la organización del "Debate a 8" previsto en el Plan de Cobertura Informativa de RTVE, siempre que la compensación consistente en realizar entrevistas con los candidatos de las formaciones con representación parlamentaria no incluidos en el debate, sobre los asuntos que se traten en el mismo, se emitan al comienzo, durante o al concluir el referido debate, o en alguna fecha posterior pero en la misma cadena y en el mismo horario en que se haya difundido el debate", precisa la JEC.