La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena a un agente de la Ertzaintza de Durango por malversación de caudales públicos e infidelidad en la custodia de documentos, con penas que suman dos años de prisión, además de multas e inhabilitación.
El caso se remonta a unos hechos ocurridos el 22 de marzo de 2023, cuando el agente, que ejercía funciones de jefe de operaciones en una comisaría, accedió a la oficina administrativa policial utilizando una llave a su disposición. Según los hechos probados, el acusado cogió un boletín de denuncia de tráfico y cuarenta euros abonados como pago reducido de una sanción, con la "intención de incorporarlos a su patrimonio y evitar la tramitación administrativa correspondiente".
La Audiencia de Bizkaia, en sentencia del 28 de noviembre de 2025, condenó al acusado a penas de prisión, multa e inhabilitación por ambos delitos. La defensa recurrió alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y cuestionando que el agente tuviera funciones de custodia o disponibilidad sobre los fondos y documentos. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia ha rechazado estos argumentos. En su resolución, la Sala considera que existía base probatoria suficiente para concluir que el acusado tenía una “disponibilidad de hecho” sobre los caudales y documentos, derivada de su posición funcional en la estructura policial y del acceso material que poseía.
El tribunal recuerda además que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no es necesario que exista una atribución formal de custodia, sino que basta con que el funcionario tenga posibilidad real de disposición sobre los fondos o documentos en el ejercicio de sus funciones.
El TSJPV también descarta la aplicación de la atenuante de reparación del daño, al entender que la devolución no fue voluntaria, sino consecuencia del descubrimiento de los hechos dentro de la comisaría. Con esta decisión, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la condena en todos sus términos y declara de oficio las costas del recurso, quedando abierta la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.