La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha rechazado por el momento la petición del abogado de Julio Iglesias de que se acepte su personación en la investigación para tener acceso directo al contenido de la denuncia.
Según el decreto de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EFE este lunes, no procede de momento dar ese paso, ya que ahora se trata de determinar si la Audiencia Nacional es competente para investigar la denuncia contra el cantante Julio Iglesias por un presunto acoso y agresión sexual en 2021 a dos empleadas en la República Dominicana y Bahamas.
El letrado de Iglesias, José Antonio Choclán, ha pedido el archivo de las diligencias preprocesales que ha abierto la Fiscalía, declaradas secretas, pero también que se le dé acceso a la investigación.
Eso ocurrirá, en todo caso, si se determina que la Audiencia Nacional es competente para investigar y si se otorga a Iglesias la condición de sospechoso, algo que no se está dirimiendo por el momento.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional argumenta que "no toda sospecha que se cierna" sobre una persona ni toda pesquisa dirigida a corroborar su veracidad "justifican la atribución de la condición de persona sospechosa".
Y es cuando se le concede esa condición de persona sospechosa cuando la Fiscalía debe informarle de las diligencias abiertas para que pueda ejercer su derecho de defensa.
El abogado de Iglesias reclamaba personarse en la investigación de la Fiscalía para tener acceso directo al contenido de la denuncia, con independencia de que aún no exista un procedimiento judicial, para poder ejercer su defensa en las diligencias que se practiquen, como sería la declaración de las denunciantes, "que según se publica, no sabemos si es cierto, tiene decidido la Fiscalía".
De este modo, añade, se podría acreditar "la falsedad de las imputaciones y defender el honor de mi representado, sin perjuicio de las demás acciones que le asistan en la tutela de sus derechos fundamentales frente al ejercicio abusivo de acciones penales y agresivas campañas mediáticas que le conducen a una irremediable pena natural, al margen del proceso".