Tuvieron un conflicto familiar a raíz de un préstamo y ya recibió una advertencia de lo más seria. Este hombre, de 37 años, se puso a mediar por su hermana en el crédito que le habían entregado, al parecer sin devolución correspondiente, a unos compatriotas rumanos. Estos ya le avisaron de que no se metiera a reclamar “o te cortaremos las piernas”.

Finalmente, en lugar de seccionarle una articulación, decidieron vengarse al más puro estilo ojo por ojo y le cortaron parte de una oreja, donde sufrió lesiones consistentes en una herida en el pabellón auricular izquierda con afectación en el cartílago y una herida de 7 centímetros en el cuero cabelludo. Además, le dieron una paliza que le causó un traumatismo craneoencefálico, una fractura de peroné y dos costillas rotas. Tardó un centenar de días en curar de las lesiones y tiene tres cicatrices en la zona occipital y cerca de la oreja.

La agresión se produjo en la primavera del pasado año en el marco de una emboscada a plena luz del día que le prepararon cuatro personas a la víctima en el barrio de la Milagrosa de Pamplona. La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha confirmado ahora sendas condenas a 4 años de prisión a dos acusados por las graves lesiones provocadas a la víctima, a quien deben indemnizar con 7.900 euros. La resolución desestima el recurso que presentaron los procesados a la condena previa del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona.

Los hechos ocurrieron el 15 de abril de 2021, entre las 10.40 y las 12.55 horas, cuando la víctima se encontraba en el interior de una furgoneta estacionada en las inmediaciones de la calle Río Urederra con la calle Río Irati de Pamplona. Según la resolución, una mujer que pasaba por la calle le advirtió de que tenía una rueda pinchada, por lo que se bajó del vehículo y se sentó en el bordillo de la acera para revisar el estado del neumático.

En ese momento, mientras se encontraba agachado, actuando de forma repentina, y sin darle posibilidad de defenderse, fue abordado por los dos procesados que estaban acompañados por otros dos individuos que no han podido ser identificados y que iban con pasamontañas. Así, empezaron a golpear al conductor por todo el cuerpo con varas y palos similares a un bate e igualmente con un cuchillo le cortaron la zona de la oreja izquierda y más tarde abandonaron el lugar a la carrera.

La sentencia recalca que el hecho de que hubiera una relación previa entre los acusados y la víctima en relación a un préstamo de su hermano, puede venir que explicara un motivo para la agresión. La jueza de lo Penal ya afirmó que “existen datos objetivos corroboradores de la agresión, en primer lugar, por los partes médicos que concuerdan con la forma en que se ejecutó; y en segundo, en relación a los datos referentes a la hora en la que pudieron ocurrir los hechos, que parte del dato objetivo de la asistencia médica a la víctima en Urgencias sobre las 12.55 horas.

Declaraciones

La jueza también analizó las declaraciones exculpatorias que ofrecieron en el juicio las esposas de los procesados llegando a la conclusión de que en la franja horaria en la que ocurrieron los hechos, antes de las 12.55 horas, “perfectamente los acusados pudieron estar allí, ya que los tickets de compras que aportaron para decir que les acompañaban sus maridos, no acredita que fueran ellos quienes estuvieron realizando las compras en los centros comerciales que refieren en estos momentos”.

Además de ello, la víctima siempre ha reconocido a los dos acusados, de forma constante, los conocía de antes, y siempre los ha identificado como quienes formaban parte del grupo de cuatro agresores que le atacaron. Además, dos agentes de la Policía Municipal que arrestaron a uno de los acusados recordaron que este reconoció la agresión de forma espontánea.

La defensa de los procesados también trató en el recurso de que se les rebajara la condena para que no se les aplicara un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso y para el que se sirvieron de la concurrencia de la alevosía para que el ataque fuera más eficaz. Esta última circunstancia agravante se contempla en la condena debido a que en el momento de la agresión, los atacantes se aprovecharon de que la víctima se agachó a ver una rueda y estaba completamente indefenso. Además fue atacado con un cuchillo, varas y palos que se corresponderían con el uso de instrumentos peligrosos para la realización del delito.