El Gobierno español ha autorizado que las comunidades autónomas puedan contratar de forma excepcional a personal sanitario extracomunitario o que no haya conseguido plaza en la pasada convocatoria de MIR, lo que supondría unos 10.000 profesionales para aliviar la sobrecarga de la Sanidad Pública.
Lo ha hecho tras la aprobación de un Real Decreto-Ley en el Consejo de Ministros que recoge la posibilidad de que se pueda contratar a aquellos profesionales que cuentan con el grado, licenciatura o diplomatura correspondiente pero carecen del título de especialista reconocido.
Así, las comunidades podrán contratar a quienes hayan realizado las pruebas selectivas de formación sanitaria especializada en la convocatoria 2019-2020, que han superado la puntuación mínima pero no han conseguido plaza.
El Ministerio de Sanidad ha informado en un comunicado de que también se podrá contratar a los sanitarios extracomunitarios siempre que el Comité de Evaluación haya emitido el informe propuesto, es decir que esté en primera fase de tramitación del expediente.
10.000 contrataciones
Según el Gobierno el número de profesionales sanitarios facultativos que podrían ser contratados con esta normativa es de 10.000. En concreto, en el ámbito de la Medicina son 4.557 los profesionales que realizaron las pruebas selectivas de la formación sanitaria especializada que no tienen plaza.
Otras titulaciones que optaban a perfiles facultativos fueron Psicología con 2.802 profesionales, Farmacia con 917 profesionales, Biología con 557, Química con 161 y Física con 93. Por otro lado, el número de profesionales extracomunitarios que se pueden contratar asciende a 234, 153 están pendientes de realización de prácticas profesionales, 81 pendientes de realización de formación complementaria y 282, de la superación de una prueba teórico-práctica.
El texto recoge que el contrato que se suscriba permitirá el desempeño de la actividad asistencial y podrá prolongarse hasta doce meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses y el periodo de servicios prestados será tenido en cuenta para el reconocimiento de efectos profesionales del título de especialista.
Lo acordado por el Ejecutivo contempla también que las comunidades autónomas podrán destinar el personal estatutario de Enfermería y médico facultativo especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente.
El objetivo, según el departamento que dirige Salvador Illa, es prestar atención sanitaria a los pacientes de esas áreas, "siempre que quede garantizada la asistencia sanitaria de sus unidades asistenciales de origen". Cada autonomía podrá acordar que los que presten servicios en centros hospitalarios pase a hacerlo en los centros de Atención Primaria de su área para "reforzarla" y siempre quede garantizada la atención sanitaria en sus unidades de origen.
Además, podrán destinar "al personal estatutario de la categoría de Enfermería, médico/a o pediatra de Atención Primaria, de forma excepcional y transitoria, a prestar servicios en sus hospitales de referencia o a hospitales de campaña, si las necesidades lo demandan".
El personal funcionario autonómico o laboral que desempeñe su actividad en establecimientos sanitarios de carácter público podrá ser destinado a cualquier dispositivo asistencial del Sistema Nacional de Salud.
La ministra de Función Pública y Política Territorial, Carolina Darias, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo que se ha modificado la ley de ordenación de profesiones sanitarias para que algunas pruebas se hagan de forma telemática.