Una vez que se sale de casa, es obligatorio el uso de la mascarilla en todo momento, tanto cuando se esté en la vía pública y en espacios al aire libre como cuando se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas, con la excepción de los casos previstos por la ley. En comercios y locales de hostelería, el empleo de mascarillas será obligatorio para todos los trabajadores y clientes del establecimiento, salvo en el momento específico del consumo.
Además, es obligatorio el uso adecuado de la mascarilla, es decir, esta deberá cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón, incluido. No vale solo con llevarla, hay que llevarla bien puesta.
El tipo de mascarilla que se debe emplear no deberá estar provista de válvula exhalatoria, excepto en los usos profesionales para los que este tipo de mascarilla pueda estar recomendada.
Suspendidas. En el municipio de Ordizia queda suspendida la celebración de todo tipo de fiestas, verbenas y otros eventos populares así como de las atracciones de ferias, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del covid-19 durante el periodo en el que se extienda la eficacia de las medidas previstas hasta nueva orden.
Establecimientos y servicios de hostelería, restauración, txokos y sociedades gastronómicas no podrán superar el 50% de su aforo para consumo en el interior del local, que podrá realizarse únicamente sentado en mesa o agrupaciones de mesas, manteniendo la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes o grupos de clientes. No está permitido el consumo en barra.
La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas.
Los establecimientos y servicios de hostelería, restauración, txokos y sociedades gastronómicas deberán cerrar no más tarde de las 23.30 horas, sin que pueda permitirse el acceso de ningún cliente ni expedir consumición alguna desde esa hora, y con un período máximo de desalojo de 30 minutos.
Solo se podrá hacer uso de terrazas al aire libre en estos establecimientos para consumo sentado en mesa, con aforo al 50%. y cierra las 23.30 horas.
Casinos, bingos, salones recreativos y locales de apuestas verán limitada su capacidad al 50% con un máximo de cien personas al aire libre y 50 en cerrados y con hora de cierre a las 23.30 horas.
Queda prohibido el uso de lonjas juveniles y locales de características similares hasta nueva orden.
El empleo de mascarillas también será obligatorio para todos los trabajadores y clientes del establecimiento, salvo el momento específico del consumo. Los titulares de establecimientos, espacios o locales deberán garantizar el cumplimiento de esta obligación en ellos. Asimismo, los órganos de inspección del Gobierno Vasco y la Diputación de Gipuzkoa podrán realizar las actividades de inspección y control oportunas para la vigilancia y comprobación de las medidas. De la misma forma, los agentes de la policía local y Ertzaintza darán traslado de las denuncias que formulen por el incumplimiento de las medidas.