Madrid - La Fiscalía remitió un escrito a la jueza de Violencia sobre la Mujer 5 de Madrid en el que rechaza que se encargue de investigar los hechos ocurridos el pasado día 3, cuando Ángel Hernández ayudó a su esposa, María José Carrasco, a suicidarse.
Tras la inhibición de un juzgado de instrucción que remitió los hechos a la jueza de Violencia sobre la Mujer, la Fiscalía explica en su escrito que Ángel Hernández ayudó a su esposa a ingerir una sustancia para terminar con su vida, pero fueron unos “hechos cometidos por petición expresa” de María José Carrasco y “dada la enfermedad que padecía”. Para la Fiscalía, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer carece de competencia para conocer del presente asunto porque las diligencias abiertas a raíz del fallecimiento de María José Carrasco tienen por objeto la comisión de un delito de cooperación al suicidio.
El ministerio público insiste en que “desde el primer momento existía la constancia de que María José Carrasco, aquejada de una grave, dolorosa e incurable enfermedad que le hacía totalmente dependiente, manifestó repetidamente su deseo de morir de una forma libre, pública y consciente”. Añade que la mujer pidió a su marido la ayuda necesaria que precisaba para llevar a cabo su deseo de morir “accediendo el investigado a poner fin a ese sufrimiento que arrastraba desde hacía treinta años”.
De esta manera “no puede razonablemente sostenerse la existencia de ese contexto de dominación y de relaciones de asimetría y de poder sobre la mujer que perfila y define la violencia de género”, agrega.
La Fiscalía subraya que “Ángel Hernández accedió a la decisión de su mujer, algo totalmente ajeno a la idea de dominación y de relaciones asimétricas”.
Auxilio a un deseo Para el ministerio público “han quedado acreditadas desde el inicio del procedimiento esas coordenadas radicalmente diferentes a las que hace referencia la jurisprudencia y que le alejan del ámbito y del espíritu de la violencia de género y de la competencia de los juzgados de violencia sobre la mujer”. Señala que “se trata de una cooperación al suicidio o, lo que es lo mismo, auxilio a un deseo expreso, manifiesto y patente de la persona fallecida, sin que exista ninguna situación de sometimiento por parte de la misma”.
La Fiscalía mantiene que la conducta de Ángel Hernández no supone una manifestación de supremacía ni de subordinación de su mujer y recuerda que se ocupó personalmente de los cuidados personales de María José durante el padecimiento de su grave enfermedad hasta su muerte.
El Ministerio Fiscal incide en que la muerte de Carrasco supuso un acto de cooperación a una decisión libremente pactada y meditada por la propia fallecida sin que se haya doblegado su voluntad. “Ello sin perjuicio de las responsabilidades penales que se puedan derivar pero sin que en ningún caso se trate de un supuesto que deba ser incardinado en los actos de violencia de género”, recalca.
“Considerar estos hechos como violencia contra la mujer es contradictorio con los fines perseguidos por el legislador además de mandar un mensaje distorsionado a la sociedad sobre cuál es la razón y contenido de la misma”, concluye. - Efe