Bilbao - La Audiencia Provincial de Bizkaia condenó ayer al exjefe de Calidad del Hospital de Cruces José Carlos Margüello y al responsable territorial de Sanidad en Bizkaia en 2006, José Ramón Elorriaga, a 9 años de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación. El tribunal también condena a la considerada testaferro de las empresas vinculadas a Margüello, María Nieves Fernández, a 7 años de inhabilitación y absuelve de todas las acusaciones al que fuera viceconsejero de Sanidad, Rafael Cerdán.
Los cuatro procesados son en cambio absueltos de los delitos de malversación de caudales públicos y de negociación prohibida a funcionarios públicos, delito achacado únicamente a Margüello.
Una vez conocido el contenido de la sentencia, desde el Gobierno Vasco (actor civil personado en el proceso judicial) mostraban su respeto ante el dictamen y recordaban que fue el propio Ejecutivo el que “en defensa de los intereses económicos del Gobierno y de la ciudadanía” solicitó la apertura del juicio oral para acelerar el esclarecimiento de los hechos. “Ha quedado dictado que no ha existido delito penal que haya derivado en un perjuicio económico para las arcas públicas por lo que este Gobierno no exigirá el resarcimiento del posible quebranto patrimonial público y se congratula por este hecho”, indicaban.
En la sentencia, los magistrados de la sección Primera de la Audiencia de Bizkaia consideran probado que Margüello creó dos empresas en las que María Nieves Fernández fue designada administradora única, aunque era Margüello quien “gestionaba de manera efectiva” las mercantiles al serle otorgados poderes. “El propósito de constituir las sociedades era el de obtener adjudicaciones de contratos públicos sin cumplir los trámites, requisitos y principios propios de tales adjudicaciones”, consideran los jueces. El tribunal estima que el entonces responsable territorial de Sanidad en Bizkaia, José Ramón Elorriaga, actuó de común acuerdo con Margüello y Fernández para “beneficiar económicamente a las empresas” del facultativo del Hospital de Cruces. En cuanto a la participación del viceconsejero de Sanidad, Rafael Cerdán, que aprobó la adjudicación por el procedimiento de urgencia, el tribunal considera que actuó “de manera negligente y con notoria dejación de funciones” pero “desconociendo y por tanto no formando parte de los intereses personales del resto de acusados. Durante el proceso judicial se habló de unos 6,82 millones de euros entre las dos mercantiles.
Sin embargo, los jueces entienden que no consta un perjuicio económico “cuantificable ni evaluable” de los aumentos de las cuantías y subidas de precios y tarifas por unos servicios que “fueron efectivamente prestados” por las sociedades de Margüello y abonados por el Gobierno Vasco. La sentencia de la Audiencia de Bizkaia puede ser recurrida en casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo.
Visto para sentencia en abril. La Audiencia de Bizkaia concluyó el pasado 27 de abril la vista oral, en la que el Ministerio fiscal, que entendía que se habían dado irregularidades por valor de 6,8 millones de euros, pedía penas de 11 años de prisión para Margüello, Elorriaga y Fernández; y 6 años y cinco meses para Cerdán. Las defensas solicitaban la libre absolución y el Gobierno Vasco, por su parte, renunció a solicitar indemnizaciones al considerar que no se había acreditado daño para la administración.
Prestados y abonados. Los magistrados estiman que se produjo un “favorecimiento en las adjudicaciones públicas” que concluyeron con la entrega de “elevadas cantidades de fondos públicos” [6,82 millones de euros] y hubo una “lesión de los principios de legalidad, publicidad y concurrencia”. Sin embargo, señalan que no consta un perjuicio económico “cuantificable ni evaluable” de los aumentos de las cuantías y subidas de precios y tarifas por unos servicios que “fueron efectivamente prestados” por las sociedades de Margüello y abonados por el Gobierno Vasco.