Madrid - El Tribunal Constitucional no ha admitido el recurso presentado por Juana Rivas, la madre de la localidad granadina de Maracena que se niega a entregar a sus dos hijos a su expareja -condenado por maltrato- porque la mujer no ha agotado sus opciones de recurso ante los tribunales ordinarios.

En una providencia adoptada por el pleno del Constitucional horas después de que la mujer hubiera recurrido en amparo para poder permanecer con sus niños, el tribunal indica que si la Fiscalía no interpone recurso contra la resolución se archivará.

El pleno, reunido ayer a la tarde, tomó esta decisión porque la demanda de amparo de Juana no cumple con el requisito, exigido por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, de la falta de agotamiento de la vía judicial previa. Es decir, los magistrados, sin entrar en el fondo del asunto, consideran que es pronto para acudir a este tribunal garante de los derechos fundamentales.

Fuentes del Constitucional recuerdan que el recurso de amparo es de naturaleza subsidiaria, lo que significa que sólo puede interponerse cuando se hayan agotado todos los niveles judiciales previstos en la ley ante los juzgados y tribunales ordinarios.

En este caso, la mujer ha acudido en amparo ante el Constitucional antes de agotar todas las posibilidades existentes en la vía judicial previa, razón por la que su demanda debe ser inadmitida a trámite, indican las fuentes. De hecho, el pasado año la falta de agotamiento de la vía judicial previa fue la causa de la inadmisión a trámite en el 9% del total de recursos de amparo rechazados por el tribunal.

El abogado de la mujer, que sigue ilocalizable, presentó ayer el recurso en la sede del Constitucional, en el que pedía al tribunal que suspendiera la orden de devolución de los niños al padre, Francesco Arcuri, quien a su vez denunció a la madre por la sustracción de sus hijos de 3 y 11 años. Precisamente, ayer, el padre anunció que estaría dispuesto a negociar la custodia compartida de los menores. - Efe