Madrid - El Tribunal Supremo ha reconocido la paternidad de un hombre que se negó sin justificación alguna a someterse a la prueba biológica para conocer si es el padre de una niña menor de edad, al considerar que esta oposición es un “indicio muy cualificado” para llegar a dicha conclusión.
La Sala Primera de lo Civil del citado órgano jurisdiccional ha estimado el recurso presentado por una mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial del territorio histórico de Gipuzkoa.
En ese sentido, el Tribunal Supremo señala que no puede prevalecer la actuación de quien obstaculiza sin dar razón alguna la “averiguación de la verdad teniendo a su alcance” la posibilidad de facilitar la solución del problema. La sentencia recién emitida por el citado tribunal recoge que ha quedado acreditado que estas dos personas “se conocían porque frecuentaban el mismo gimnasio” y que un empleado declaró que estaban “liados”. - E.P.